Rechazan petición de Jair Bolsonaro de anular los confinamientos

La Corte indicó que los gobernadores y alcaldes tienen competencia para adoptar medidas para enfrentar la pandemia.
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Jair Bolsonaro ha estado en el ojo del huracán desde el inicio de la pandemia. Crédito: AFP

La Corte Suprema de Brasil rechazó este martes la petición presentada por el presidente Jair Bolsonaro de impedir que los Gobiernos regionales y municipales impongan medidas restrictivas para intentar frenar el avance del coronavirus en momentos en que el país vive el peor momento de la pandemia.

El magistrado Marco Aurelio Mello, el decano entre los once miembros del Supremo Tribunal Federal, negó en una medida cautelar que las decisiones adoptadas por los Gobiernos regionales o municipales sean inconstitucionales y, por lo mismo, rechazó suspenderlas.

Bolsonaro, líder de la negacionista ultraderecha brasileña, alega que las medidas restrictivas como los confinamientos y los toques de queda, por provocar desempleo y hambre, tienen peores efectos que la propia pandemia.

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La Presidencia de la República presentó el pasado viernes un recurso ante el Supremo pidiendo que se declararan inconstitucionales las medidas adoptadas por las Gobernaciones para intentar restringir la circulación de personas.

La decisión del magistrado mantuvo en vigor decretos que, entre otros asuntos, impusieron toques de queda nocturnos y prohibieron provisionalmente el funcionamiento de todas las actividades, con excepción de las esenciales.

Pese a que la petición se refería concretamente a decretos para promover el distanciamiento social anunciados pocos días antes por los gobernadores de Río Grande do Sul, Bahía y Brasilia, el recurso, en caso de que la máxima corte lo hubiera aceptado, se habría extendido a todas las medidas de Gobiernos regionales y municipales para restringir la movilidad e intentar frenar la pandemia.

Ante la falta de una medida nacional y de una orientación de la Presidencia, la mayoría de los gobernadores y alcaldes del país han anunciado en los últimos días medidas para intentar restringir la movilidad en momentos en que Brasil se acerca a las 300.000 muertes por covid y supera los 12 millones de contagios.

Brasil, el país que más ha registrado muertes y casos de la enfermedad en la última semana, es el segundo en el mundo con más víctimas y contagios desde el inicio de la pandemia, superado tan solo por Estados Unidos.

En su petición ante la Corte Suprema, Bolsonaro alegó que las medidas eran inconstitucionales porque solo podían haber sido impuestas mediante leyes aprobadas por los legislativos regionales y no mediante decretos ejecutivos.

"Son medidas dictatoriales", propias de un "estado de sitio", sostuvo el líder de la ultraderecha brasileña, quien dijo que "el terreno fértil para las dictaduras son el hambre y la pobreza".

También advirtió que las Fuerzas Armadas no intervendrán para imponer el cumplimiento de las medidas de las autoridades locales.

En su sentencia de rechazo, Mello aclaró que tanto la Presidencia como los gobernadores y los alcaldes tienen competencia para adoptar medidas para enfrentar la pandemia.

El magistrado alegó igualmente que, en un régimen democrático, es "impropia la visión totalitaria" de quien quiere asumir todos los poderes exclusivamente.

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"Ante los aires democráticos que vivimos, es impropio, a todos los títulos, tener una visión totalitaria. Al presidente de la República le corresponde el liderazgo mayor y la coordinación de los esfuerzos que buscan el bienestar de los brasileños", afirmó el magistrado en su sentencia.

Dijo igualmente que las medidas restrictivas impuestas por gobernadores tienen como base la jurisprudencia ya establecida por el Supremo en 2020 y que concede autonomía a los Gobiernos regionales y a los municipales para adoptar medidas destinadas a enfrentar la pandemia.

Mello también citó un error de procedimiento en su sentencia y aclaró que no le corresponde al presidente de la República directamente, y si a la Abogacía General de la Unión, presentar ante la Justicia peticiones para que se defina la constitucionalidad de alguna norma.


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