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Visa americana: Qué personas solo deben esperar tres días para la entrevista

La visa americana muchas veces se ve estancada por los días que se debe esperar para la entrevista, sin embargo, ciertas personas solo deben esperar 3 días.

Publicado:
Actualizado:
Jueves, Febrero 8, 2024 - 09:53
Visa americana
Visa americana
iStock

Viajar a Estados Unidos se han convertido en el sueño de más de una persona, pues muchos desean conocer varios lugares famosos en todo el mundo. Sin embargo, para llegar a este país es necesario tener la anhelada visa americana 

Pero este sueño, muchas veces, se ve estancado por el proceso que lleva conseguir la visa, pues las demoras para la entrevista, puede llegar a tardar meses y hasta años. 

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Sin embargo, hay un exclusivo número de personas que solo deben esperar tres días para que se tenga que presentar a la embajada y realizar la entrevista en la que se define si se le otorga o no este importante documento. 

Visa de trabajo (H, L, O, P, Q): Debe esperar tres días 

Visa de estudiante (F, M, J): Debe esperar tres días 

No Residentes de Colombia o Venezuela (todas las categorías de visa): Debe esperar 728 días

Visa americana: Documentos que no le pueden faltar para una solicitud exitosa

  1. Contar con un pasaporte o documento de viaje vigente, en buen estado y con espacio libre para visados.
  2. Llenar el formulario electrónico de solicitud de visa.
  3. Todos los documentos requisitos diferentes a documentos de identidad o de viaje deberán tener una fecha de expedición no mayor a tres meses antes del registro de la solicitud.
  4. Todos los documentos provenientes del exterior deberán contar con apostilla o legalización y traducción oficial al castellano cuando no se encuentren en este idioma. La traducción oficial debe estar legalizada o apostillada según el caso.
  5. En el caso de requerirse la presentación de los extractos bancarios, estos podrán presentarse sin apostilla o legalización y sin traducción al castellano, si su contenido puede ser establecido claramente por el oficial de visa.
  6. En el caso de requerirse la presentación de los antecedentes judiciales, cuando la solicitud de esta visa se presente ante un consulado de Colombia con sede en el país de origen del extranjero, bastará la certificación de antecedentes judiciales o penales conforme a los procedimientos establecidos en ese país. Cuando la solicitud se presente ante el Grupo Interno de Trabajo de Visa e Inmigración, podrá presentar los antecedentes judiciales o penales certificados por el consulado del país de origen acreditado en Colombia o apostillados y legalizados según el caso.
     

 

Fuente:
Sistema Integrado Digital