Jaque Mate a los recursos del medio ambiente

Decreto del Ministerio de Hacienda conocido por LA FM reglamenta la destinación específica del impuesto nacional al carbono. Mayoritariamente será destinado a la implementación del acuerdo de paz con las Farc.
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El documento del Ministerio de Hacienda que reglamenta el impuesto al carbono / LA FM

Un decreto expedido por el Ministerio de Hacienda y conocido por LA FM reglamenta la destinación específica que tendrá el impuesto nacional al carbono.

"El veinticinco por ciento (25%) del recaudo total del Impuesto Nacional al Carbono se destinará al Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible al cumplimiento de metas ambientales relacionadas con erosión costera, la reducción de la deforestación, la conservación de fuentes hídricas y la conservación de ecosistemas estratégicos, cambio climático y su respectivo monitoreo, reporte y verificación", se lee en el documento.

"El setenta y cinco por ciento (75%) del recaudo del Impuesto Nacional al Carbono, se destinará a la Implementación del Acuerdo Final para la Terminación del Conflicto Armado y la Construcción de una Paz Estable y Duradera", agrega el documento.

De acuerdo con el decreto, "el artículo 130 de la Ley 1815 de 2016 modificó el artículo 116 de la Ley 1769 de 2015, incluyendo como finalidades de dicho fondo: i) articular el financiamiento para el posconflicto y mejorar la operación y financiación de las iniciativas de construcción de paz en un marco de fortalecimiento del Estado de derecho; ii) mejorar la focalización geográfica y la priorización temática de las intervenciones públicas, privadas y de la cooperación internacional (construcción de un portafolio de inversiones priorizadas siguiendo la estructura programática del posconflicto; y iii) fortalecer los sistemas de monitoreo, reporte y verificación del impacto de las acciones e inversiones encaminadas a estos propósitos".

Dentro de los argumentos expuestos en el decreto se establece cómo, el 75 por ciento del impuesto al carbono, se trasladará a la paz. "Que el artículo 223 de la Ley 1819 de 2016 estableció que el recaudo del impuesto nacional al carbono se destinaría al Fondo para la Sostenibilidad Ambiental y Desarrollo Rural Sostenible en Zonas Afectadas por el conflicto y los recursos se orientarían, entre otros, al manejo de la erosión costera, a la conservación de fuentes hídricas y a la protección de ecosistemas de acuerdo con los lineamientos que para tal fin establezca el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible", agregó.

"Que con el Decreto Ley 691 de 2017 se sustituyó el Fondo para la Sostenibilidad Ambiental y Desarrollo Rural Sostenible en Zonas Afectadas por el Conflicto, por el “Fondo Colombia en Paz (FCP)”, como un patrimonio autónomo del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, sin estructura administrativa propia, administrado por una o varias sociedades fiduciarias públicas", establece el documento.

La determinación supone que el impuesto el carbono se destinará, mayoritariamente, a la paz y no al medio ambiente, como inicialmente estaba previsto. El Gobierno Nacional, a través de la Reforma Tributaria del año 2016, creó el impuesto nacional al carbono, cuya finalidad consistía en incentivar la reducción de emisiones de Gases de Efecto Invernadero (GEI) al aplicarse sobre algunos combustibles fósiles.

El Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, junto al Ministerio de Hacienda y Crédito Público, establecieron entonces el procedimiento para la no causación de este impuesto a través del Decreto 926 de 2017, que además reglamentaba el procedimiento para certificar ser carbono neutro.

Dicho decreto abría la posibilidad de que algunos actores de la cadena de distribución y uso, incluyendo distribuidores mayoristas de combustibles, pudieran certificar ser carbono neutros, es decir, que hayan compensado las emisiones producto del uso de los combustibles gravados por el impuesto.

Este es el documento del Ministerio de Hacienda en el cual se reglamenta el destino que tendrá el impuesto al carbono


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