La abogada y experta en temas de pensiones y regímenes pensionales, Gina García Rivera explicó en entrevista con La FM Fin de Semana que el 16 de julio de 2026 es la fecha límite para que las personas cercanas a pensionarse puedan hacer un cambio de régimen pensional usando una ventana legal que permite el traslado sin necesidad de presentar una demanda.
Durante la entrevista, indicó que esta opción aplica para quienes están a menos de diez años de pensionarse, es decir, mujeres de 47 años o más y hombres de 52 años o más. “El 16 de julio del 2026 se vence la ventana legal para elegir el régimen pensional más conveniente”, afirmó.
¿Quiénes pueden cambiar de régimen pensional antes del 16 de julio de 2026?
La abogada señaló que este proceso exige cumplir ciertos requisitos. “Es necesario que se cuente al menos con 750 semanas cotizadas en el caso de las mujeres o al menos 900 semanas cotizadas en el caso de los hombres”, explicó.
También precisó que el traslado puede hacerse sin acudir a procesos judiciales. “Ya no tendríamos que presentar una demanda de nulidad de traslado, sino hasta el 16 de julio tenemos la posibilidad de hacer el traslado por la ventana de oportunidad”, dijo.
Sobre las restricciones, indicó que aplican a quienes están próximos a pensionarse. “Las personas que tienen restricción son las que le faltan menos de 10 años, mujeres 47, hombres 52 años”, señaló. Agregó que quienes no están en ese rango pueden cambiarse sin limitaciones. “Tú porque tienes 47 en este momento lo puedes hacer porque no tienes ningún tipo de restricción”, afirmó.
En este contexto, destacó la doble asesoría como requisito del proceso. “Se pueda cambiar libremente haciendo la doble asesoría y eligiendo las condiciones que más le convenga”, indicó.
También confirmó que personas cercanas a pensionarse pueden acceder al traslado. “Claro, hasta el 16 de julio del 2026 lo puede hacer sin ningún inconveniente”, dijo.
¿Cómo se hace la doble asesoría para cambiar de régimen pensional?
Sobre el procedimiento, explicó que el afiliado debe acudir a su entidad. “Usted se dirige al fondo de pensiones donde se encuentra afiliado o en Colpensiones y allá le van a indicar”, señaló.
Detalló que allí se realiza una proyección. “Le van a hacer una proyección de su pensión, le van a decir qué le conviene”, afirmó.
Agregó que se comparan ambos regímenes disponibles. “Le van a informar cuáles son esas condiciones en el régimen de ahorro individual y en Colpensiones en el régimen de prima media”, dijo.
Sobre la modalidad, explicó que puede hacerse de forma remota. “Se están haciendo virtual. Simplemente usted solicita la doble asesoría y en ese momento le dan la oportunidad y le hacen la proyección”, indicó.
Respecto a las demandas, explicó su causa. “La gente no tiene conocimiento y ese es el riesgo mayor después del 16 de julio”, afirmó.
Advirtió sobre el escenario posterior al plazo. “Ya no va a tener la oportunidad de trasladarse sin demanda, sino que le va a tocar contratar un abogado para que haga la nulidad de traslado”, señaló.
En cuanto a los tiempos, indicó que el proceso es breve. “Esto demora entre 30 o 40 minutos”, explicó, y agregó que es un trámite gratuito. Insistió en realizar el trámite con anticipación. “Que lo haga rápido, lo haga ya”, dijo, y advirtió que la disponibilidad de citas puede variar según la demanda.
*Este contenido fue escrito y producido por una inteligencia artificial bajo supervisión y curaduría de un periodista de La FM