Procuraduría designa a Carlos Medina para cumplir fallo sobre marchas

El delegado de la Procuraduría se encargará de coordinar acciones con el Gobierno
Procuraduría General de la Nación.
Procuraduría General de la Nación. Crédito: Cortesía: Procuraduría General de la Nación.

El procurador General, Fernando Carrillo, designó a Carlos Medina como el encargado de coordinar las acciones a cargo del Ministerio Público para darle cumplimiento al fallo de la Corte Suprema de Justicia que ordena proteger la protesta social en Colombia.

Medina, quien es el procurador delegado para la Defensa de los Derechos Humanos, tendrá la labor de participar en las mesas de trabajo y acciones que emprenda el Gobierno Nacional para cumplir con las órdenes de la Sala de Casación Civil de la Corte Suprema.

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El Procurador General le expresó al presidente Iván Duque que “la Entidad quedará atenta a la convocatoria que realice el Gobierno nacional en los términos establecidos en el fallo de la Corte Suprema”.

Entre esas órdenes está la creación de un protocolo de acciones preventivas, durante y después de las marchas que se realicen de ahora en adelante en el país.

Según la orden de la Corte, el protocolo deberá tener el nombre de “Estatuto de reacción, uso, verificación de la fuerza legítima del Estado, y protección del derecho a la protesta pacífica ciudadana”.

Ese estatuto deberá contener en las acciones preventivas la capacitación los integrantes de Policía y del Escuadrón Móvil Antidisturbios (Esmad) en Derechos Humanos y con entrenamiento en el uso de las armas letales y no letales.

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También se deberá establecer límites para el control de los disturbios “el entrenamiento que reciben no debe estar dirigido a derrotar al enemigo”.

En las acciones durante las marchas, la Corte dice que el Estatuto deberá explicar que los operativos policiales deben estar dirigidos a la contención o restablecimiento del orden, y no a la privación de la vida o agresiones injustificadas.

Después de las protestas se debe crear un protocolo que verifique “la legalidad y/o proporcionalidad del uso de la fuerza”, también deberán revisarle “las órdenes de la cadena de mando relacionados con el hecho”.

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Dicho protocolo debe contener un apartado sobre el uso de las armas, el cual establezca que si en las protestas se usaron las armas causando daños a la vida e integridad de las personas, las investigaciones deberán iniciarse en menos de seis meses. Además, las autoridades deberán dar explicaciones públicas sobre los hechos.

La Corte dice que ese Estatuto deberá ser conocido por todos los colombianos y los avances de su creación deben entregarse a la Sala Civil del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá.

“Un informe quincenal, claro, detallado y exhaustivo del desarrollo de las negociaciones hasta la emisión del correspondiente acto administrativo”, ordenó la Corte.


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