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Pico y placa en Bucaramanga del 1 al 6 de septiembre: esta será la restricción

Desde el 1 de julio rige en Bucaramanga la nueva rotación del **Pico y Placa**, según la Resolución 790 de 2024 de la Dirección de Tránsito Municipal.

Publicado:
Actualizado:
Viernes, Agosto 29, 2025 - 19:25
Pico y placa Bucaramanga
Nueva rotación del Pico y Placa en Bucaramanga según Resolución 790 de 2024. Horarios y días de restricción actualizados. Multa por incumplimiento.
Secretaría de Movilidad Bucaramanga

Desde el 1 de julio entró en vigencia la nueva rotación del Pico y Placa en Bucaramanga, establecida en la Resolución 790 de 2024 de la Dirección de Tránsito Municipal. La medida regula la circulación de vehículos en la ciudad.

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Pico y Placa tercer trimestre 2025

De acuerdo con la Resolución 790 de 2024, se mantienen los horarios y días de restricción. La rotación es:

  • Lunes: placas terminadas en 5 y 6
  • Martes: placas terminadas en 7 y 8
  • Miércoles: placas terminadas en 9 y 0
  • Jueves: placas terminadas en 1 y 2
  • Viernes: placas terminadas en 3 y 4

El horario de restricción es de 6:00 a. m. a 8:00 p. m. En esa franja, los vehículos con las placas señaladas no podrán circular en los días correspondientes.

Para los sábados, las fechas y placas restringidas son:

  • 2 de agosto y 6 de septiembre: 1 y 2
  • 5 de julio, 9 de agosto y 13 de septiembre: 3 y 4
  • 12 de julio, 16 de agosto y 20 de septiembre: 5 y 6
  • 19 de julio, 23 de agosto y 27 de septiembre: 7 y 8
  • 26 de julio y 30 de agosto: 9 y 0

El próximo sábado 6 de septiembre, la restricción aplica para placas terminadas en 1 y 2, entre 9:00 a. m. y 1:00 p. m.

Vehículos exentos

Pueden circular sin autorización especial:

  • Vehículos de servicios funerarios
  • Automóviles de miembros del gabinete municipal y departamental
  • Vehículos eléctricos matriculados
  • Transporte público de pasajeros
  • Vehículos oficiales, de emergencia u operativos (incluye caravanas presidenciales, bomberos, Cruz Roja, Defensa Civil y recolección de residuos)
  • Automotores de la Fuerza Pública
  • Vehículos de servicios públicos y mantenimiento de redes
  • Vehículos utilizados por medios de comunicación

El incumplimiento genera una multa de 15 salarios mínimos diarios (más de 700.000 pesos) y la inmovilización del vehículo, según el Código Nacional de Tránsito.

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Funcionamiento anterior

En la modalidad previa, la restricción aplicaba por los dos últimos dígitos de la placa, de lunes a viernes. Los sábados se seguía la rotación del día anterior. Durante el segundo trimestre de 2025, la distribución fue:

  • Lunes: placas terminadas en 7 y 8
  • Martes: placas terminadas en 9 y 0
  • Miércoles: placas terminadas en 1 y 2
  • Jueves: placas terminadas en 3 y 4
  • Viernes: placas terminadas en 5 y 6

El horario fue de 6:00 a. m. a 8:00 p. m. de lunes a viernes para vehículos particulares, y de 9:00 a. m. a 1:00 p. m. los sábados. Para taxis, la restricción aplicó de 7:00 a. m. a 9:00 p. m.

Fuente:
Sistema Integrado Digital