Ordenan ANTV tomar acciones para incluir todos los canales regionales en cableoperadores

La medida busca que los canales puedan estar incluidos dentro de la televisión pública y en la parrilla de los operadores privados.
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Colprensa

La Corte Constitucional le ordenó a la Autoridad Nacional de Televisión que adopte y ejecute un plan para garantizar que los canales regionales de todo el país puedan estar incluidos dentro de la televisión pública y en la parrilla de los operadores privados.

La sentencia conocida por RCN Radio y LA FM, emitió una serie de órdenes bajo el argumento de que en Colombia no pueden vulnerarse los derechos fundamentales de las personas que pertenecen a poblaciones vulnerables y que son la base de raíces culturales en el país.

Para la Corte, puede haber normas que restrinjan el acceso del contenido de canales regionales en la televisión pública y privada, por lo que es necesario realizar una convocatoria nacional para acreditar este tipo de contenidos y difundirlos por los espacios que el Estado debe garantizar.

En ese sentido consideró que la ANTV está lesionando los derechos fundamentales a la información, la expresión, a la participación en la vida cultural y a la identidad cultural de las personas.

“La Sala le ordenará a la Autoridad Nacional de Televisión que en su carácter de órgano regulador del servicio público de televisión, adopte las medidas necesarias para adecuar al orden constitucional la regulación o reglamentación del artículo 11 de la Ley 680 de 2001 en lo relacionado con la obligación de transporte de la señal de los canales regionales de televisión abierta, impuesta a los operadores del servicio de televisión por suscripción”, señala la sentencia.

El caso estudiado está relacionado con una tutela que interpuso una mujer nativa y raizal del Archipiélago de San Andrés, quien se fue a vivir a Bogotá y solicitó a su cable operador que le incluyera el canal Teleislas, solicitud que fue negada advirtiendo que no tenía la cobertura necesaria para hacerlo.

Aunque la medida fue negada en otras instancias por advertir que la regulación no les obligaba a retransmitir dicho canal, la Corte consideró que la Autoridad, como órgano regulador en la materia, ha debido tener en cuenta el fuerte componente étnicamente diferenciado de buena parte de los habitantes de esa región, su apartamiento geográfico respecto del continente y la necesidad de adoptar medidas suficientes para asegurar su ingreso y participación en el proceso comunicativo de la nación”.

En su sentencia, la Corte Constitucional le dio como plazo máximo 6 meses a la ANTV para que regule la necesidad de garantizar el objeto cultural pública regional al advertir que debe haber prioridad en el transporte de su señal a través de las plataformas de los operadores de televisión por suscripción.


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