Gobierno expidió decreto con disposiciones transitorias para la JEP

El presidente Juan Manuel Santos firmó el decreto 1592, a través del cual se habilita al Ministro de Justicia para diseñar un plan de puesta en funcionamiento de la JEP.
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Presidente Juan Manuel Santos / Presidencia de la República

Dicho plan debe contener medidas y pasos concretos para materializar la JEP y permitirle iniciar labores lo más pronto posible, de manera oportuna, en instalaciones idóneas y con los soportes técnicos, administrativos, informáticos, tecnológicos y de personal que se requieran.

El decreto incluye medidas como designar al ministro de Justicia como enlace entre el Gobierno Nacional y la Justicia Especial para la Paz.

Para la puesta en marcha de la JEP, el certificado de disponibilidad presupuestal para proveer los cargos de Secretario Ejecutivo y de Presidente de la Jurisdicción Especial para la Paz, será expedido por el Jefe de Presupuesto del Ministerio de Justicia, con cargo a los recursos de dicha jurisdicción.

Para garantizar la oportuna puesta en funcionamiento de la JEP, el Secretario Ejecutivo de la misma y el Ministro de Justicia elaborarán un plan especial.

Hasta tanto se adopte la ley estatutaria que desarrolle la JEP, con cargo al presupuesto del Fondo Colombia en Paz se adquirirán los bienes y servicios que se requieran para la puesta en funcionamiento de la jurisdicción.

El Ministerio de Justicia prestará apoyo al Secretario Ejecutivo de la JEP.

A continuación, el decreto firmado por el presidente Santos:

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