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Fiscalía lanza ultimátum a las Farc para que entregue bienes antes del 3 de octubre

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Actualizado:
Martes, Septiembre 27, 2016 - 10:32
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Foto: Colprensa - Juan Páez

El fiscal general de la nación, Néstor Humberto Martínez, envió un mensaje a la guerrilla de las Farc para que entregue los bienes antes del 3 de octubre, despues de la jornada del plebiscito.

Según el funcionario, si el ente acusador detecta de la existencia de bienes por parte de ese grupo armado al margen de la ley, se realizarán los respectivos operativos de extinción de dominio, porque se configuraría el delito de lavado de activos dentro de la jurisdicción ordinaria.
Además, definió el mapa de navegación de la fiscalía sobre cómo actuará respecto al régimen jurídico en el marco de la firma de los acuerdos entre el gobierno y las Farc:
1. La paz es un derecho cuya cumplida realización estamos comprometidas las autoridades como deber constitucional y legal.
2. La Fiscalía entregará oportunamente al sistema de justicia transicional los informes que le permitan investigar y juzgar las graves conductas ocurridas con ocasión del conflicto armado y velará celosamente porque sea efectivo el derecho de las víctimas a la no repetición. En tal sentido, la Fiscalía ha dispuesto lo pertinente para actuar en el territorio como guardián jurídico de los compromisos adquiridos y judicializará con todo rigor cualquier conducta penal que escape a la palabra empeñada por par las partes, en defensa de la integridad de los ciudadanos y de los propios colombianos reincorporados a la vida civil.
3. Los delitos que se cometan con posterioridad a la entrada en vigor del acuerdo final, quedan sometidos al régimen ordinario de la ley penal y serán del conocimiento exclusivo de la Fiscalía General de la Nación.
4. Con miras a contribuir a la cumplida ejecución del acuerdo final, la necesidad de que exista claridad absoluta sobre el alcance jurídico que emana del mismo, y en últimas, evitar cualquier clase de equívocos, la Fiscalía considera imprescindible puntualizar lo siguiente:
- Todo delito que se consume con posterioridad a la entrada en vigor del acuerdo final será objeto de investigación, acusación y condena únicamente por parte de la jurisdicción ordinaria, con sujeción al régimen de penas y de procedimiento ordinario.
- Frente a delitos que por su naturaleza son de ejecución continuada (reclutamiento de menores, conservación de plantaciones ilícitas, entre otros) iniciados con anterioridad a la entrada en vigencia del acuerdo final, serán de competencia de la Fiscalía General de la Nación, si se prolongan en el tiempo con posterioridad a dicha vigencia.
5. El patrimonio ilícito acumulado durante el conflicto no se encuentra saneado. Sin perjuicio del deber de las autoridades y particularmente de la Fiscalía, de extinguir a favor de la Nación el dominio de tales bienes, debe tenerse presente que cualquier acto que se lleve a cabo con posterioridad a la entrada en vigencia del Acuerdo Final, consistente en invertir, transformar, almacenar, conservar, custodiar o administrar bienes de origen ilícito, o que tiendan a darles apariencia de legalidad o se legalicen, constituirá el delito de “lavado de activos” de que trata el artículo 323 del Código Penal, además de otras conductas punibles que se puedan configurar.