"Defendemos el monopolio de las armas en manos del Estado"

Diversos sectores han reaccionado al anuncio del Gobierno. LA FM habló con ellos.
Antonio Sanguino, jefe de gabinete de la alcaldía de Claudia López.
Antonio Sanguino. Crédito: Foto de Colprensa

El presidente de la República, Iván Duque Márquez, firmó el Decreto 2362, que autoriza la adopción de las medidas necesarias para la suspensión general de los permisos para el porte de armas en todo el territorio de la Nación, entre el primero de enero y el 31 de diciembre de 2019.

La norma, que también fue firmada por el Ministro de la Defensa Nacional, Guillermo Botero, señala que la suspensión de los permisos se hará “sin perjuicio de las autorizaciones especiales y de las excepciones correspondientes que durante estas fechas expidan” las autoridades militares por “razones de urgencia o seguridad de los titulares”.

En diálogo con LA FM, el ministro de Defensa explicó que el decreto contiene un gran cambio con respecto a la normativa actual. "Elimina discrecionalidad de las personas que entregaban los permisos especiales. Ahora hay una directriz que expide el Ministerio de Defensa. Y con fundamento en esa directriz esas personas actúan. El propósito es disminuir, de manera significativa, la discrecionalidad".

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El jefe de la cartera dijo que las autoridades militares, las brigadas, son las encargadas de otorgar los permisos especiales para portar armas. Respecto a las que sí son permitidas, Botero aseguró que corresponde a las que son de defensa personal. "Si tiene permiso puede entrar armado a un restaurante. Eso es precisamente lo que estamos tratando de evitar. Queremos que se disminuya al máximo el porte de armas, que solo una persona que lo requiera pueda portar armas", explicó.

De igual manera, Christian Munir Garcés, representante a la Cámara por el Centro Democrático, dijo que el Ministerio de Defensa reglamentará el porte de armas, "que antes estaba sumamente subjetivo".

A su turno, Antonio Sanguino, senador de la Alianza Verde, señaló que "el decreto sobre porte de armas es una decisión positiva, nosotros defendemos el monopolio de las armas en manos del Estado".

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El Decreto 2362 es el siguiente:

“Artículo 1. Las autoridades militares de que trata el artículo 32 del Decreto-ley 2535 de 1993, en concordancia con el artículo 10 de la Ley 1119 de 2006, adoptarán las medidas necesarias para la suspensión general de los permisos para el porte de armas en todo el territorio nacional, desde el 1° de enero hasta el 31 de diciembre de 2019, sin perjuicio de las autorizaciones especiales y de las excepciones correspondientes que durante estas fechas expidan las mismas, por razones de urgencia o seguridad de los titulares”.

Dicho Decreto, en su parte motiva, señala que de acuerdo con estadísticas de homicidios y lesiones personales facilitadas por la Policía Nacional, “entre los años 2013 y 2018, en el tiempo de vigencia de las medidas para la suspensión general de los permisos para el porte de armas en el periodo comprendido entre los años 2016 al 2018, existe una tendencia decreciente de los índices de homicidios y lesiones ocasionadas por armas de fuego, lo cual coadyuva a garantizar los derechos y libertades fundamentales, seguridad ciudadana y el orden público”.

También se indica que la Dirección de Seguridad Ciudadana de la Policía Nacional consideró oportuno “adoptar medidas para la suspensión general de permisos para el porte de armas de fuego en el territorio nacional, como mecanismo de respuesta inmediata y efectiva que permite contrarrestar y reducir la probabilidad de ocurrencia de delitos y comportamientos contrarios a la conveniencia a nivel nacional”.

En otro de los considerandos se recuerda que “en la Sentencia C-296 de 1995, la Corte Constitucional estudió una demanda, en la que se cuestionaba un artículo (el artículo 1° de la Ley 61 de 1993) y el Decreto ley 2535 de 1993, por crear un monopolio en cuanto al control de las armas en cabeza del Estado. En la demanda, se consideraba que tal posición implicaba que los ciudadanos de bien no tuvieran la posibilidad para poderse defender. La Corte consideró en aquella ocasión que entre el control de las armas y la protección de los derechos y las libertades constitucionales, en especial, la vida y la integridad personal, existe una clara relación. Así planteo la cuestión: '(...) según las estadísticas existentes, es posible sostener que el porte de armas promueve la violencia, agrava las consecuencias de los enfrentamientos sociales e introduce un factor de desigualdad en las relaciones entre particulares que no pocas veces es utilizado para fortalecer poderes económicos, políticos o sociales. Por eso los permisos para el porte de armas sólo pueden tener lugar en casos excepcionales. Esto es, cuando se hayan descartado todas las demás posibilidades de defensa legítima que el ordenamiento jurídico contempla para los ciudadanos”.

Y, por último, se explica que la competencia del Gobierno nacional para suspender de manera general el porte de armas fue ratificada por la Corte Constitucional mediante Sentencia C-867 de 2010.

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