Corte prohíbe actividad minera en páramos delimitados

La sala plena de la Corte Constitucional tumbó la posibilidad que contenía el Plan de Desarrollo 2014-2018, que permitía algunas actividades de minería en zona de páramo.
Archivo La FM
Crédito: La FM

Lo anterior indica que se termina cualquier posibilidad de realizar minería en zonas delimitadas de páramos sin ninguna posibilidad de prórroga, solamente si las licencias otorgadas para explotación minera fueron entregadas antes de 9 de febrero 2010, y para hidrocarburos antes del 16 de junio de 2011.

La sala estudió una demanda que presentó el Polo Democrático en contra de los artículos 20, 49, 50, 51, 52 y 173 de la Ley 1753 de 2015 (Plan de Desarrollo), en el cual se permitía hacer este tipo de actividades mineras y petroleras en zonas delimitadas por el Gobierno.

La Corte también determinó que los Pines (Proyectos de Interés Nacional y Estratégicos) desde ahora serán delimitados por las entidades territoriales y que los colombianos víctimas de la violencia ahora podrán reclamar sus predios aunque estos estén ubicados en lugares donde el Gobierno autorizó.

Gabriel Vallejo, ministro de Medio Ambiente, y su reacción en LA F.m. a la decisión del alto tribunal


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