Asociación de campesinos logra reconocimiento de segundos ocupantes por la Corte Constitucional

Con esta decisión se logra flexibilidad en el reconocimiento y atención a la población de segundos ocupantes.
Archivo La FM
Crédito: La FM

La Asociación Nacional de Usuarios Campesinos de Colombia (ANUC) en octubre de 2015 instauró una demanda ante la Corte Constitucional, a fin de que los segundos ocupantes sean reconocidos y beneficiados con programas sociales de atención y así garantizar la estabilidad del proceso de restitución de tierras.

La Corte declaró exequible la expresión exenta de culpa "en el entendido de que es un estándar que debe ser interpretado por los jueces de forma diferencial, frente a los segundos ocupantes, que demuestren condiciones de vulnerabilidad, y no hayan tenido relación directa o indirecta con el despojo, de acuerdo con lo establecido en la parte motiva de esta providencia", señala la Corte.

De acuerdo con el presidente nacional de la ANUC, Luis Alejandro Jiménez Castellanos, con este fallo, la restitución de tierras se fortalece como una política incluyente que brinda todas las garantías a quienes se encuentran en los predios.

“Es una Ley pensada en generar progreso en el campo, no es necesaria la reforma de la misma puesto que los Jueces y la Unidad de Restitución cuentan con los mecanismos para brindar atención a las personas que se encuentren en condición de segundos ocupantes”.

La demanda presentada por la ANUC surgió de los inconvenientes que trajo para los campesinos segundos ocupantes, la interpretación y aplicación por parte de los jueces de la expresión “exenta de culpa” citada en los artículos 88, 91, 98, 99 y 105 de la ley 1448 de 2011, la cual impedía el reconocimiento y protección del derecho de los campesinos que actualmente ocupan predios solicitados en restitución, pero que ellos los adquirieron legalmente y los están cultivando y que nunca tuvieron que ver con los despojos a otros compañeros.


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