¿Quién debe responder en el caso de la niña que murió en Gran Estación? Abogado responde

Francisco Bernate, abogado penalista, indicó que la familia de la niña podría acudir a la jurisdicción civil para pedir una reparación.

Una niña de cinco años murió este miércoles 11 de diciembre de 2024 en el centro comercial Gran Estación (Bogotá) después de que una placa de vidrio, ubicada en un local de GEF, le cayera encima.

En contexto: Niña murió en el centro comercial Gran Estación

Gran Estación emitió un comunicado en el que se compromete a "mantener informada a la comunidad sobre el avance de la investigación", y asegura que las causas "se están siendo investigadas a fondo": "Como parte de nuestro compromiso con la seguridad y el bienestar de nuestros visitantes, hemos iniciado la revisión integral de lo ocurrido y estamos aplicando los protocolos de seguridad pertinentes".

Sin embargo, para muchos, a la respuesta le falta una mejor explicación. A esto se añade que la marca GEF no se ha pronunciado.

La FM de RCN consultó a Francisco Bernate, abogado y presidente del Colegio de Abogados Penalistas de Colombia, quien analizó la situación y, desde su experiencia, indicó que la familia afectada puede acudir a la jurisdicción civil para demandar al propietario del establecimiento de comerciomy que este la repare por lo daños patrimoniales y morales ocasionados con este hecho.

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"De entrada, aquí no hay una responsabilidad penal, una responsabilidad criminal. Lo que sí hay es una obligación de reparar, de indemnizar a esta familia que ha resultado víctima de este lamentable suceso. Allí tenemos que señalar que el propietario del establecimiento de comercio es responsable por la seguridad de las personas que transitan dentro del almacén o en sus inmediaciones", precisó Bernate.

"Es lo que se conoce como la obligación de seguridad, que significa no solamente que todo debe estar adecuadamente asegurado y ubicado, sino que también debe haber una revisión permanente, porque puede suceder que el vidrio estuviese correctamente y que esta caída obedezca a una falta de mantenimiento".

"De esta manera, la familia afectada puede acudir a la jurisdicción civil en contra del propietario del establecimiento", concluyó.


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