En un mes iniciarán sanciones económicas a ciclomotores que circulen por ciclorutas y ciclovías

El Ministerio de Transporte aseguró que las autoridades están en la potestad de iniciar con las sanciones correspondientes a los ciclomotores que circulen por las vías exclusivas para peatones y bicicletas.

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Martes, Febrero 7, 2017 - 07:43
Colprensa

Alejandro Maya, viceministro de Transporte, señaló que los gobiernos locales tienen total autonomía en la aplicación de esta norma, desde que no se pase por alto lo que dicta el Código Nacional de Tránsito, pero indicó que lo conveniente al principio es hacer pedagogía con la comunidad.

"A partir del 2 de Febrero hay una restricción para el uso de ciclorrutas y ciclovías para todo este tipo de vehículos en el país, lo que estamos pidiendo es que tengan un mes de pedagogía para que no vayan a sorprender a los conductores de ciclomotores con comparendos económicos; en un mes creemos que es conveniente que se aplique la normativa con todo el rigor de la ley”, dijo el viceministro Maya.

El Ministerio de Transporte aseguró que esperan tener listo en seis meses todo el sistema de registro y documentación que deberán tener todos los ciclomotores comprados o fabricados después de la entrada en vigencia del Decreto y que esperan la cifra que determine la SuperFinanciera para el valor de los Seguros Obligatorios contra Accidentes de Tránsito de este tipo de vehículos.

“Esta norma se debe tomar con un primer paso hacia la regularización y control de los ciclomotores, después de que iniciemos los registros se podrá saber cuántos son y estudiar políticas sociales que se puedan aplicar para su circulación, esto forma parte de la Ley Probici, con la que se busca proteger la integridad de los ciclistas en el país, dijo Alejandro Maya.

De acuerdo con el Código Nacional de Tránsito, en el literal C14, transitar por la zona de seguridad y protección de la vía férrea, andenes o aceras o puentes de uso exclusivo para los peatones y ciclorrutas o ciclovías, acarreará una sanción de 15 salarios mínimos diarios; es decir 267.800 pesos.