Consejo de Estado ratifica impedimentos para construcciones en la Conejera

Este cerro fue catalogado como reserva natural, ambiental y paisajística en un acuerdo de 1995.
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La sección quinta del Consejo de Estado, mantuvo en firme la decisión del Tribunal Administrativo de Cundinamarca que negó la posibilidad de construir en el en el cerro de La Conejera, en la sabana de la capital colombiana.

Así las cosas, se ratifican las decisiones por medio de las cuales la Curaduría Urbana No. 4 de Bogotá y el Departamento Administrativo de Planeación Distrital, impidieron el desarrollo de la licencia de construcción en esa zona de la ciudad para los predios de vivienda Subatá, Subatá 2 y Suatiguá.

Con ponencia del consejero Carlos Enrique Moreno Rubio, la sala explicó que aunque en dichos predios se legalizaron los usos del suelo de vivienda y el desarrollo urbanístico, el cerro de La Conejera fue catalogado como reserva natural, ambiental y paisajística en un acuerdo de 1995.

Por lo anterior están prohibidos “sus usos complementarios del suelo en esta zona de la Capital (a través del Acuerdo 27 de 1995 del cabildo)”, señaló la Corte.

En tanto advirtió que no “es cierto que la administración distrital estuviera obligada a conceder la licencia de construcción bajo los supuestos de legalización de aquellos predios, pues el lugar donde se pretendía desarrollar la obra es de interés ecológico Nacional.

En consecuencia, como las normas sobre uso del suelo son de orden público y de efecto general inmediato, no es posible a sus destinatarios aducir derechos adquiridos para obviar su aplicación.

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