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Ampliación en horario de venta del licor no afecta seguridad en Bogotá: Distrito

Con la estrategia ´Farra en la Buena´ la Alcaldía evalúa la posibilidad de ampliar el horario de rumba en ciertas zonas de la ciudad.

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Jueves, Diciembre 7, 2017 - 13:48
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A través del Decreto 667 del 01 de diciembre del 2017, la Administración Distrital modificó la regulación para la venta y/o consumo de licor en almacenes de cadena, licoreras, cigarrerías, tiendas de barrio, cigarrerías, entre otras será a partir de las 7 de la mañana e irá hasta las 11 de la noche, es decir se aumenta tres horas el permiso para la venta.

“Antes se les permitía vender licor entre las 10 de la mañana y las 11 de la noche; ahora se amplía la posibilidad de venta desde las 7 a.m. hasta las 11 p.m. Consideramos que la venta durante estas tres horas no tienen un impacto directo en la inseguridad, pensamos que es fundamental apoyar al comercio y estamos convencidos de que este tipo de medidas favorecen el desarrollo económico de la ciudad”, explicó el secretario de Gobierno, Miguel Uribe Turbay en los micrófonos de LA FM.

Escuche las declaraciones del secretario de Gobierno, Miguel Uribe Turbay

Ampliación en horario de venta del licor no afecta seguridad en Bogotá: Distrito

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Por otro lado, en discotecas, bares, karaokes, tabernas, salas de masajes y demás establecimientos incluyendo aquellos sitios que hoy funcionan como clubes sociales se podrá vender o consumir licor entre las 10 de la mañana y las 3 a.m. del día siguiente.

“Establece la posibilidad de tener iniciativas o programas para hacer flexibles los horarios de funcionamiento de este tipo de establecimientos, teniendo en cuenta, por primera vez, el comportamiento de sus usuarios y dueños, generando grados de corresponsabilidad y autorregulación”, agregó.

Asimismo, para el caso de establecimientos ubicados a 200 metros de centros educativos, donde actualmente no está permitido el expendio y/o consumo de bebidas embriagantes entre las 3:00 a.m. y las 3 p.m. del mismo día, de lunes a sábado, el decreto permite acogerse a los nuevos horarios durante las temporadas de vacaciones de diciembre-enero y junio-julio (según el caso, a partir de 7 o 10 de la mañana).