Rectificación viceministra Ruth Maritza Quevedo Fique

Solicitud
La FM

Ante la solicitud de Ruth Maritza Quevedo Fique, se publica este texto: "en mi condición de Viceministra de Agua y Saneamiento Básico, y al amparo de los derechos fundamentales a la honra, al buen nombre y a la rectificación en condiciones de equidad, consagrados en los artículos 15 y 20 de la Constitución Política, me permito solicitar respetuosamente la rectificación de diversas informaciones inexactas, imprecisas y carentes de suficiente sustento fáctico difundidas por medios de comunicación pertenecientes a RCN, las cuales considero afectan injustificadamente mi reputación personal, profesional e institucional.

Mi propósito con esta comunicación no es limitar el ejercicio legítimo de la libertad de prensa ni cuestionar el derecho de los medios de comunicación a informar y a formular opiniones sobre asuntos de interés público. Por el contrario, reconozco plenamente la importancia de la libertad de expresión y de prensa en una sociedad democrática.

Precisamente por ello, considero indispensable que el ejercicio de dicha libertad se desarrolle sobre la base de información cierta, verificable, contextualizada y presentada de manera que no induzca a conclusiones equivocadas sobre la conducta de las personas involucradas.

En ese sentido, solicito que las siguientes informaciones sean verificadas y rectificadas.

I. Información difundida en radio el 6 de agosto de 2026

Durante la emisión del programa del 6 de agosto de 2026, transmitido a nivel nacional a través de las diferentes frecuencias de RCN Radio, se realizaron, entre otras, las siguientes afirmaciones:

1. “Fue designada hace tres días” y “fue ministra por cuatro días”.

Estas afirmaciones no corresponden a la realidad.

Mi designación como Ministra de Vivienda, Ciudad y Territorio (E) fue formalizada mediante el Decreto 0793 del 22 de julio de 2026, expedido por el Presidente de la República. Por tanto, para el día de la emisión, 6 de agosto de 2026,

habían transcurrido quince (15) días desde mi designación, y no tres (3) o cuatro (4) días.

Se trata de un dato objetivo, de carácter público y fácilmente verificable mediante la consulta del acto administrativo correspondiente y de las fuentes oficiales de información.

2. “No sabemos quién es la ministra de Vivienda” y “está encargada unos pocos días”.

Estas expresiones transmiten una percepción equivocada sobre mi trayectoria y vinculación con el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio.

Desde el 22 de noviembre de 2025 me encontraba ejerciendo el cargo de Viceministra de Agua y Saneamiento Básico, luego de mi posesión efectuada en virtud del Decreto 1189 de 2025.

En consecuencia, al momento de asumir como Ministra encargada, contaba con más de ocho (8) meses de vinculación directa con el Ministerio y de conocimiento de sus asuntos misionales, institucionales y administrativos.

Comprendo que un periodista pueda desconocer inicialmente la trayectoria de una funcionaria; sin embargo, cuando se transmite públicamente la afirmación de que se desconoce quién es la persona que ocupa un cargo de alta responsabilidad

institucional, dicha circunstancia puede generar en la audiencia una percepción equivocada sobre su legitimidad, trayectoria y conocimiento de la entidad.

3. “Está pidiendo renuncias” y “está retirando en una gestión de tres días un número alto de personas”.

Estas afirmaciones tampoco corresponden a los hechos.

Durante mi ejercicio como Ministra encargada:

• Se han aceptado quince (15) renuncias voluntarias, presentadas por los propios funcionarios.

• Se han declarado ocho (8) insubsistencias respecto de empleos de libre nombramiento y remoción, en ejercicio de las competencias legalmente atribuidas.

• Se han efectuado diez (10) nombramientos en provisionalidad, de los cuales cinco (5) corresponden a procesos que ya se encontraban en curso con anterioridad a mi encargo.

Por tanto, no es correcto presentar el conjunto de estas actuaciones como una decisión unilateral de “despedir” funcionarios ni atribuirme la solicitud generalizada de renuncias.

Se trata de situaciones jurídicas y administrativas diferentes que deben ser diferenciadas en cualquier información periodística que pretenda presentarse como objetiva.

4. La expresión “eso no estaría bien”, utilizada para calificar mi gestión.

Entiendo y respeto plenamente el derecho de los periodistas y medios de comunicación a formular opiniones, análisis y juicios críticos sobre la gestión de los servidores públicos.

No obstante, cuando una valoración de esta naturaleza se construye sobre hechos previamente presentados de manera inexacta, puede producir una conclusión igualmente equivocada respecto de la legalidad o corrección de una actuación administrativa.

Las decisiones adoptadas durante mi encargo se han desarrollado en el marco de las competencias constitucionales y legales correspondientes y, particularmente, respecto de los empleos de libre nombramiento y remoción, de conformidad con el régimen jurídico aplicable.

II. Información publicada en el portal web de LA FM

Adicionalmente, el 6 de agosto de 2026, en el portal web de LA FM de RCN fue publicado un artículo titulado: “Denuncian salida de más de 30 funcionarios del Ministerio de Vivienda por presuntos nombramientos irregulares”.

Sobre esta publicación solicito igualmente la correspondiente rectificación, particularmente frente a los siguientes aspectos:

1. “Más de 30 funcionarios han salido del Ministerio” y referencia a “despidos”.

La información presentada no refleja adecuadamente la naturaleza jurídica de las actuaciones administrativas adelantadas.

Como se indicó anteriormente, se han presentado:

• quince (15) renuncias voluntarias;

• ocho (8) declaratorias de insubsistencia; y

• diez (10) nombramientos en provisionalidad, cinco (5) de ellos

correspondientes a procesos iniciados con anterioridad a mi encargo.

Por ello, no resulta adecuado presentar la situación como si se tratara de una decisión de “despedir” arbitrariamente a más de treinta funcionarios.

La utilización de expresiones como “despidos” puede generar en el lector una conclusión que no corresponde a la naturaleza jurídica de las decisiones efectivamente adoptadas.

2. Referencia a “presuntos nombramientos irregulares”.

La publicación utiliza una expresión que, por su naturaleza, puede generar en el lector la percepción de que los nombramientos efectuados durante mi encargo fueron contrarios al ordenamiento jurídico.

Frente a ello, debo precisar que los diez (10) nombramientos en provisionalidad fueron realizados con el propósito de garantizar la continuidad y adecuada prestación de las funciones administrativas y misionales de la entidad y dentro del marco jurídico aplicable.

En consecuencia, solicito que cualquier información relacionada con estos nombramientos sea presentada de manera contextualizada, diferenciando claramente entre la existencia de una denuncia, señalamiento o cuestionamiento y la existencia jurídicamente comprobada de una irregularidad.

3. Referencia al retrato institucional.

La publicación también presenta la instalación de un retrato en la galería institucional como un hecho susceptible de generar cuestionamientos sobre la gestión.

Al respecto, debe precisarse que dicha instalación correspondió a un reconocimiento simbólico realizado por integrantes de mi equipo de trabajo y no implicó la utilización de recursos públicos ni constituye, por sí misma, una actuación irregular.


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