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Hermanos Quiroz, condenados a 11 años de cárcel por construcciones ilegales en Cartagena

Los hechos investigados se iniciaron a raíz del desplome del edificio Blas de Lezo 2, ocurrido abril de 2017, en Cartagena.

Publicado:
Actualizado:
Sábado, Marzo 9, 2024 - 10:59
Caída del edificio Blas de Lezo II
Cortesía

En las últimas horas, la Fiscalía General de la Nación informó que tras los elementos probatorios aportados por un fiscal de la Seccional Bolívar, un juez dictó la condena de 11 años y 5 meses de prisión a los hermanos Wilfran, Eusebio, Emis y María de las Nieves Quiroz Ruíz, por su responsabilidad en los delitos de de uso de documento falso, fraude procesal y estafa en masa.

Según el ente acusador, la decisión judicial también cobijó a Reynaldo Camargo Ruíz, constructor de la firma.

Es preciso recordar que los hechos investigados se iniciaron a raíz del desplome del edificio Blas de Lezo 2, ocurrido el 27 de abril de 2017 en la capital de Bolívar, cuya construcción estuvo a cargo de este clan familiar, y que dejó como saldo 21 personas muertas y 21 más heridas. 

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De acuerdo con la Fiscalía, en el proceso se logró establecer que 34 edificios construidos por la familia Quiroz, en Cartagena, se hicieron aportando documentación falsa. 

"Adelantado el proceso se logró establecer que 34 edificios construidos por la familia Quiroz, en Cartagena, no reunieron los requisitos de las normas urbanísticas. Para ello aportaron licencias de construcción falsas, que posteriormente fueron presentadas en notarías y en las oficinas de Instrumentos Públicos y así obtuvieron escrituras públicas y registros de los apartamentos que estaban a la venta", señala el reporte del ente. 

Asimismo, la Fiscalía logró establecer que las edificaciones construidas y entregadas a sus clientes presentaban irregularidades en su estructura, falta de calidad en los materiales y anomalías como servicios públicos compartidos, entre otros.

"Con la actividad ilícita los procesados indujeron en error a funcionarios públicos en el ejercicio de sus funciones afectando la recta administración de justicia y el patrimonio económico sin justa causa", indicaron. 

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La medida condenatoria, también establece que por disposición judicial, se les obliga a los hoy sentenciados a cancelar una multa de 320 salarios mínimos legales vigentes y la inhabilitación para el ejercicio de sus funciones públicas por 10 años, 8 meses y 12 días.

El cumplimiento de la pena se realizará en los lugares de domicilio de los condenados.

 

 

Fuente:
Sistema Integrado de Información