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Radicada ponencia de la JEP con ajustes a participación política de Farc

La plenaria del Senado iniciará este miércoles el estudio de la ley estatutaria de la jurisdicción especial para la paz.

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Actualizado:
Martes, Octubre 24, 2017 - 17:02
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Imagen de referencia de Colprensa

La ponencia, que ya fue radicada, incluyó muchas de las propuestas que presentó el fiscal general, Néstor Humberto Martínez, y gran parte de los acuerdos a los que se llegaron con las Farc.

Una de las modificaciones principales está relacionada con la participación política de los guerrilleros. En el texto se estableció que los desmovilizados tendrán que comprometerse a decir la verdad y a reparar a las víctimas, para poder acceder a la elegibilidad.

Allí también se asegura que aquellos guerrilleros que tengan que cumplir alguna sanción alternativa u ordinaria impuesta por el Tribunal, no podrán estar en cargos de elección popular y por ende aquellos que ya están ejerciendo la política, tendrían que abandonar esos puestos.

“En todo caso será incompatible el desempeño de un cargo de elección popular con el cumplimiento de las sanciones alternativas y ordinarias impuestas por el Tribunal Especial para la Paz, establece el inciso.

Sin embargo, ese texto también podría significar que haya suspensión de las condenas o sanciones emitidas en contra de los integrantes de las Farc mientras se desempeñan en un cargo de elección popular.

Otro de los cambios está relacionado con el hecho de que se quitan los beneficios para los militares que cometan delitos graves.

También se hicieron algunos ajustes en lo que tiene que ver con el tratamiento y juzgamiento de disidentes, desertores, reincidentes y testaferros de las Farc, haciendo claridad en que aquellos que no se sometieron a las reglas del proceso de paz, quedarán por fuera de los beneficios de la JEP.

Los disidentes no serán cobijados con la Jurisdicción Especial, contrario a los reincidentes que aunque podrán someterse ante los magistrados, tendrán las sanciones máximas.

También quedará claro que quienes se alcen en armas después del 01 de diciembre del 2016 en otro grupo rebelde o banda delincuencial, tendrán que comparecer ante la jurisdicción ordinaria.

De igual manera, se estableció que se considerará como una falta grave el hecho de que los guerrilleros no informen sobre los bienes que estarían en manos de terceros y que fueron adquiridos de manera ilícita.

También se excluyó el artículo que permite a los magistrados de la JEP comenzar a ejercer sus funciones, sin que esté lista la ley de procedimiento que tendrán que redactar en el transcurso de estos meses.

Eso, según el fiscal general, impedirá que los integrantes de esa jurisdicción cometan excesos a la hora de conocer los procesos contra los actores del conflicto.