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¿Alias HH y otros exparamilitares serían cobijados en Justicia Especial de Paz?

El decreto firmado por el presidente Juan Manuel Santos para permitir que los excombatientes que se acogieron a la Ley de Justicia y Paz deja abierta esta puerta.

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Jueves, Diciembre 28, 2017 - 01:41
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Hebert Veloza, alias HH - Colprensa

Con la firma por parte del presidente Juan Manuel Santos del decreto 2199 de 2017, el cual establece que los excombatientes que se acogieron a la Ley de Justicia y Paz y que hayan decidido cambiarse a la Ley de Amnistía podrán recibir los beneficios de los acuerdos de Paz, se abrieron varios interrogantes. (Lea: Desmovilizados de Justicia y Paz podrán tener beneficios de la JEP)

 

Tal vez la principal pregunta es si este decreto fue hecho a la medida de Hebert Veloza García, alias HH, quien fue deportado de Estados Unidos a Colombia esta semana luego de cumplir una condena por narcotráfico.

Este mismo decreto, sobre el mecanismo transicional de justicia, podría extender los beneficios del proceso de reincorporación que actualmente adelanta el Gobierno a otros integrantes del antiguo grupo Autodefensas Unidas de Colombia (AUC).

De ser arropado en la JEP, Hebert Veloza podría empezar a hacer cuentas sobre cuánto debería permanecer en prisión. Antes de su extradición a EE.UU., alias HH ya purgó varios meses de cárcel. Y es que la JEP contempla una pena privativa de la libertad de 5 a 8 años de prisión.

De momento el Gobierno ha dejado claro que quienes quieran acogerse a la JEP deberán firmar el acta de no repetición y acudir a la Comisión de la Verdad de la Jurisdicción Especial para la Paz.

Las personas desmovilizadas postuladas a la Ley 975 de 2005 (Ley de Justicia y Paz), que recobren la libertad por la concesión de alguno de los beneficios de la Ley 1820 de 2016 (Ley de Amnistía), podrán ingresar al proceso de reintegración que implementa la Agencia para la Reincorporación y la Normalización (ARN), siempre y cuando hayan suscrito el Acta Formal de Compromisos ante la Jurisdicción Especial para La Paz (JEP), en los términos dispuestos en la ley 1820 de 2016 y el Decreto 277 de 2017”, dice el decreto.
En su momento la ley de Justicia y Paz dejó abierta la posibilidad de que a las personas desmovilizadas se les pudiera aplicar otros regímenes transicionales que los beneficie jurídicamente, tal y como sucede ahora con la Justicia Especial de Paz.