La Procuraduría General de la Nación confirmó la destitución e inhabilidad por 12 años impuesta a Marco Antonio Martínez Gómez, quien se desempeñaba como jefe de Compras y Almacén de la Empresa de Acueducto, Alcantarillado y Aseo de Zipaquirá E.S.P., por actos de violencia sexual contra una funcionaria de la entidad.
Según la decisión, los hechos ocurrieron el 12 de marzo de 2021, durante la jornada laboral. El entonces funcionario cometió los actos contra una servidora de la misma área de Compras y Almacén, quien se encontraba en condiciones que le impedían defenderse.
¿Qué reconoció la entidad?
Al resolver la segunda instancia, el Ministerio Público calificó la conducta del disciplinado como "falta gravísima cometida a título de dolo". Además, reconoció como víctima a la funcionaria que sufrió la agresión y le garantizó el acceso a todos sus derechos, "sin juzgarla ni revictimizarla".
Decisión de la entidad
Para dosificar la sanción, la Procuraduría evaluó los criterios correspondientes y mantuvo cuatro agravantes: el grave daño social, el conocimiento de la ilicitud, las consecuencias acreditadas de los perjuicios físicos, psicológicos y emocionales causados a la persona involucrada, y la afectación de sus derechos fundamentales.
Con esta decisión, el exfuncionario queda destituido del cargo e inhabilitado por 12 años para ejercer funciones públicas.
Las claves de la noticia
¿Por qué destituyeron al exjefe de Compras del Acueducto de Zipaquirá?
La Procuraduría confirmó su destitución por actos de violencia sexual contra una funcionaria de la empresa, cometidos el 12 de marzo de 2021 durante la jornada laboral.
¿Cuántos años de inhabilidad recibió Marco Antonio Martínez Gómez?
Recibió una inhabilidad de 12 años, además de la destitución del cargo que ocupaba como jefe de Compras y Almacén de la empresa de servicios públicos de Zipaquirá.
¿Qué agravantes tuvo en cuenta la Procuraduría para sancionar al exfuncionario?
Mantuvo cuatro: el grave daño social, el conocimiento de la ilicitud, los perjuicios físicos, psicológicos y emocionales causados a la víctima, y la afectación de sus derechos fundamentales.
¿Cómo calificó la Procuraduría la conducta del exjefe del Acueducto de Zipaquirá?
La calificó como falta gravísima cometida a título de dolo y reconoció a la funcionaria como víctima, garantizándole sus derechos sin juzgarla ni revictimizarla.