El día de Estados Unidos para presentar las pruebas contra Jesús Santrich

Emilio Archila, alto consejero para el posconflicto, explicó pormenores del caso.
Jesús Santrich, integrante del partido Farc
Jesús Santrich, integrante del partido Farc Crédito: Colprensa

La embajada de Estados Unidos en Bogotá radicó, el 7 de junio de 2018 y de manera formal, la solicitud para que Jesús Santrich, uno de los líderes del partido Farc, sea extraditado para ser juzgado por un caso de narcotráfico. Desde ese entonces se le ha solicitado a ese país presentar las pruebas contra el guerrillero desmovilizado y este lunes vence el plazo para que lo haga.

La solicitud fue remitida entonces al Ministerio de Justicia, así como a la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP), que había suspendido su extradición, y a la Fiscalía General. "La embajada de los Estados Unidos de América en Bogotá radicó la solicitud formal de extradición del señor Seuxis Paucias Hernández Solarte, la cual ya fue remitida al Ministerio de Justicia y del Derecho, a la Secretaría Judicial de la Jurisdicción Especial para la Paz y a la Fiscalía General de la Nación", explicó la Cancillería colombiana.

El exlíder guerrillero, cuyo nombre de pila es Seuxis Paucias Hernández, fue detenido el 9 de abril de 2018 en Bogotá con base en una circular roja de la Interpol, a petición del Departamento de Justicia de Estados Unidos, que lo acusa de tener un acuerdo para exportar diez toneladas de cocaína a ese país después de que las Farc firmaron el acuerdo definitivo de paz, el 24 de noviembre de 2016.

Lea también: Jesús Santrich debe ser extraditado: embajador de EE.UU.

El 17 de mayo de 2018, la JEP, que se encarga de juzgar los crímenes cometidos durante el conflicto armado colombiano, suspendió el trámite de extradición de Santrich a Estados Unidos, lo que desencadenó una catarata de reacciones. Entre ellas, las de la Fiscalía, la Procuraduría y el embajador de Estados Unidos, Kevin Whitaker, que consideran que ese organismo se extralimitó en sus funciones.

El mismo día de su captura Santrich inició una huelga de hambre en protesta contra lo que considera un "montaje", por lo que fue trasladado al Hospital El Tunal, y luego recluido en la sede de la Fundación Caminos de Libertad, una institución del Episcopado colombiano por "razones humanitarias".

Santrich, que es uno de los cinco miembros del partido Fuerza Alternativa Revolucionaria del Común (Farc) designados para ocupar un escaño en la Cámara de Representantes, suspendió la huelga de hambre 41 días después. El 2 de junio de 2018, tras constatar que su estado de salud es normal, las autoridades lo devolvieron a la cárcel La Picota de Bogotá, donde ha avisado que podría comenzar de nuevo la huelga de hambre si se reactiva el trámite de extradición.

Emilio Archila, alto consejero para el posconflicto, explicó pormenores del caso, tras las pruebas que Estados Unidos debe presentar. "Lo que le corresponde al Gobierno, y en eso hemos sido muy cuidadosos, es mantener la independencia de la justicia. No existe un uno a uno en que si no reciben esas indicaciones no tengan las pruebas que necesitan".

La tesis de la Fiscalía

El 9 de abril de 2018, la Policía Nacional y el CTI de la Fiscalía General de la Nación anunciaron que dieron cumplimiento a una orden de captura internacional expedida a través de circular roja, emitida por la Organización Internacional de Policía Criminal Interpol, en Lyons (Francia), contra Seuxis Paucis Hernández Solarte – conocido como Jesús Santrich; Marlon Marín; Armando Gómez- alias “el doctor” y Fabio Simón Younes Arboleda.

La orden de captura internacional, cuya finalidad es la extradición de las referidas personas hacia los Estados Unidos de América, se basó en un indictment (acusación formal) que emitió el Gran Jurado de la Corte Federal del Distrito Sur de Nueva York el día miércoles cuatro (4) de abril del año en curso contra las personas capturadas, por narcotráfico.

La circular roja da cuenta de hechos que habrían ocurrido a partir del mes de junio de 2017 y hasta abril de 2018, relacionados con un acuerdo para exportar diez (10) toneladas de cocaína (equivalentes a 10,000 kilogramos) hacia los Estados Unidos de América, cuyo precio habría sido convenido en la suma de quince millones de dólares americanos (USD $ 15.000.000.oo), lo que constituye el delito de conspiración para exportar cocaína a los Estados Unidos, a que se refiere el Título 21, Código Penal Federal de los Estados Unidos [secciones 952 (a) y 960 (a) (1)].

Así mismo, la circular de Interpol indica que durante el curso de la operación de narcotráfico, los acusados manifestaron tener acceso a aviones registrados en Estados Unidos para trasportar la droga y a laboratorios para suministrar la cocaína y, al efecto, proveyeron evidencia de su acceso a toneladas de cocaína, en el marco de un operativo de investigación, adelantado por agentes federales de la DEA y Fiscales Federales del Departamento de Justicia de ese país.


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