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Corte Constitucional tumbó norma que retiraba becas a personas que cometieran delitos

La Sala Plena de la Corte tumbó una de las causales dentro de la norma que establecía el retiro de la beca a un estudiante cuando cometiera actos delictivos.

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Actualizado:
Jueves, Enero 19, 2017 - 13:21
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Ingimage (Referencia).

Los magistrados del alto tribunal consideraron que la frase ‘por ocurrencia de hechos delictivos’ era una causal general y que podría atentar contra los derechos fundamentales, como a la presunción de inocencia, de quienes tiene una beca estudiantil.

En contenido de la norma analizada es la Ley 1678 de 2013 en el artículo 8 que establecía la pérdida de la beca si se demuestran algunos de los siguientes casos: “1. Bajo rendimiento académico. 2. Inasistencia a las clases. 3. Violación a los reglamentos internos estudiantiles de la universidad o institución de educación superior. 4. Por la ocurrencia de hechos delictivos”.

De igual forma trascendió que en este caso, no se especificaba que la ocurrencia de hechos delictivos tuviera relación con investigaciones en curso, tipos de delitos o si había sentencia proferida por la justicia.

La Corte Constitucional había advertido en otro pronunciamiento que tampoco debía establecerse como impedimento para acceder a una beca de posgrado que otorga el Gobierno, las personas que tuvieran antecedentes disciplinarios y penales.