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Corte Constitucional advierte a vicepresidenta sobre neutralidad religiosa del Estado

Esto se da cuando utilizan sus cuentas de redes sociales para promover, adherir o identificar al Estado con una religión en particular.

Publicado:
Actualizado:
Miércoles, Mayo 19, 2021 - 12:01
Vicepresidente Marta Lucía Ramírez
Cortesía Vicepresidencia de Colombia

La Corte Constitucional advirtió que la vicepresidenta de la República, Martha Lucia Ramírez, desconoció la neutralidad religiosa del Estado.

Ese tribunal comprobó que esta situación se dio al publicar en sus redes sociales un mensaje acompañado con el escudo nacional y el slogan del Gobierno, con el cual ella consagraba al país a la Virgen de Fátima, para mitigar los efectos negativos ocasionados por la pandemia del covid-19.

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La Corte Constitucional dijo que Ramírez tiene derecho a practicar cualquier tipo de religión, pero no le es permitido utilizar su condición de servidora pública y el ejercicio de sus funciones, para favorecer o manifestar una preferencia a determinado culto o creencia.

“Los altos funcionarios del Gobierno Nacional desconocen el principio de laicidad y los derechos fundamentales a la libertad religiosa y de cultos y a la libertad de conciencia, cuando utilizan sus cuentas personales de las redes sociales para promover, adherir o identificar al Estado con una religión en particular y se demuestra que el mensaje tiene un carácter oficial”, señaló ese tribunal.

La Corte Constitucional aseguró que si bien esa situación había sido superada ya que el mensaje fue borrado, era pertinente pronunciarse de fondo para evitar nuevos pronunciamientos de ese tipo en el futuro.

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Ese tribunal hizo el pronunciamiento al revisar una tutela contra la vicepresidenta, por escribir ese mensaje en sus cuentas de Facebook y Twitter.

“La Sala concluyó que el mensaje publicado por la Vicepresidenta de la República tenía un carácter oficial, teniendo en cuenta las particularidades de las cuentas de las redes sociales desde las cuales se transmitió, el contenido del mensaje y el uso de distintivos oficiales”, dijo la Corte.

Fuente:
Sistema Integrado de Información