Gobierno ordena traslado de $25 billones de ahorros pensionales a Colpensiones, tras cambio de régimen

El decreto definió las reglas para hacer efectiva la transferencia de los ahorros acumulados por los afiliados que decidieron cambiarse de régimen .
Kevin Hartmann advirtió que el decreto para trasladar 25 billones a Colpensiones sería ilegal por contradecir la reforma.
Kevin Hartmann advirtió que el decreto para trasladar 25 billones a Colpensiones sería ilegal por contradecir la reforma. Crédito: Colpensiones

El Gobierno nacional expidió el Decreto 0415 del 20 de abril de 2026, con el que reglamenta el traslado obligatorio de recursos pensionales desde los fondos privados hacia Colpensiones, en el marco de la reforma pensional.

Según los fondos de pensiones, esto sumaría más de 25 billones de pesos que tendrían que ser girados a Colpensiones por el traslado de colombianos desde los fondos privados a esta entidad en el país.

El decreto definió las reglas para hacer efectiva la transferencia de los ahorros acumulados por los afiliados que decidieron cambiarse del Régimen de Ahorro Individual (RAIS) al Régimen de Prima Media.

Para quienes se pensionaron y para quienes aún no cumplen requisitos

El decreto definió las reglas para hacer efectiva la transferencia de los ahorros acumulados por los afiliados que decidieron cambiarse del Régimen de Ahorro Individual (RAIS) al Régimen de Prima Media.

El decreto ordena a las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) girar la totalidad de los recursos de las cuentas individuales incluyendo capital y rendimientos a Colpensiones en el caso de los afiliados que hicieron uso de la oportunidad de traslado.

Esta medida, según el documento, aplica tanto para quienes ya se pensionaron como para quienes aún no cumplen los requisitos, pero ya migraron al régimen público.

“En ambos escenarios, los recursos deben pasar al sistema público para respaldar las obligaciones pensionales”, dice.

Tiempos para el traslado de los recursos

El documento señala que para afiliados que aún no se han pensionado, el 50% del dinero deberá trasladarse en un plazo máximo de 20 días y, el restante, en los diez días siguientes.

Para quienes ya consolidaron su pensión, el traslado total deberá hacerse en un máximo de 15 días”, señaló.

Destaca que los recursos podrán ser transferidos en dinero o en títulos financieros, valorados a precios de mercado.

Según el documento, esta iniciativa busca evitar desequilibrios financieros, ya que actualmente existen casos en los que Colpensiones reconoce pensiones mientras los recursos siguen en manos de fondos privados.

“Esta situación genera un desbalance que afecta la sostenibilidad del sistema pensional y pone en riesgo el pago de futuras prestaciones”, apuntó.

Reforma pensional

El decreto se expide en desarrollo de la Ley 2381 de 2024, que creó el nuevo sistema de protección para la vejez, aunque esta norma se encuentra parcialmente suspendida por la Corte Constitucional, salvo algunos artículos como el que permite el traslado de régimen.

Además se basa en el artículo 76 de la Ley 2381 de 2024, que permitió un traslado excepcional de afiliados entre regímenes.

Aunque esa ley se encuentra parcialmente suspendida por la Corte Constitucional, este artículo sigue vigente, lo que permitió al Gobierno avanzar en la reglamentación.

El Gobierno argumenta en el documento que busca establecer reglas claras mientras se define la situación jurídica de la reforma.

La vigilancia y control de esta nueva decisión la realizará la Superintendencia Financiera de Colombia, la cual será la encargada de vigilar el cumplimiento del traslado de recursos por parte de las AFP.

Claves del tema, en cuatro preguntas

¿Qué establece el Decreto 0415 de 2026?

El decreto reglamenta el traslado obligatorio de los recursos pensionales desde los fondos privados (RAIS) hacia Colpensiones para los afiliados que decidieron cambiarse al régimen público, garantizando que el dinero respalde las pensiones que asumirá el Estado.

¿A quiénes aplica esta medida?

Aplica a todos los afiliados que se trasladaron del régimen privado al público, tanto a quienes ya se pensionaron como a quienes aún no cumplen los requisitos, pero ya hicieron el cambio de régimen.

¿Qué recursos deben trasladar las AFP?

Las Administradoras de Fondos de Pensiones tendrán que transferir la totalidad del ahorro acumulado, incluyendo capital, rendimientos financieros y aportes al fondo de garantía de pensión mínima.

¿En qué plazos deben hacerse los traslados?

Para afiliados no pensionados: 50% en máximo 20 días y el otro 50% en 10 días adicionales. Para afiliados ya pensionados: el traslado total debe hacerse en un máximo de 15 días.


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