Cambió el Pico y Placa en Bucaramanga: restricción para este miércoles 2 de julio de 2025

El Pico y Placa en Bucaramanga cuenta con un nuevo esquema tras los cambios introducidos por las autoridades.
Pico y Placa en Bucaramanga
Pico y Placa en Bucaramanga para este miércoles 2 de julio de 2025 Crédito: Dirección de Tránsito de Bucaramanga

Desde este martes 1 de julio entrará en vigencia una nueva rotación en el Pico y Placa en Bucaramanga, conforme a lo estipulado en la Resolución 790 de 2024, expedida por la Dirección de Tránsito Municipal. Esta medida busca seguir aliviando los niveles de congestión vehicular y mejorar la movilidad en la ciudad.

¿Cómo funcionaba anteriormente el Pico y Placa en Bucaramanga?

El sistema restringía la circulación de a dos dígitos de placa en cada uno de los cinco días hábiles de la semana, es decir, de lunes a viernes. Mientras que el sábado se maneja una rotación donde se toma en cuenta la medida aplicada en el día anterior. Durante el segundo trimestre de 2025, la asignación fue la siguiente:

  • Lunes: placas terminadas en 7 y 8
  • Martes: placas terminadas en 9 y 0
  • Miércoles: placas terminadas en 1 y 2
  • Jueves: placas terminadas en 3 y 4
  • Viernes: placas terminadas en 5 y 6.

Por otra parte, los horarios de restricción fueron de lunes a viernes de 6:00 a. m. a 8:00 p. m. para vehículos particulares, y de 9:00 a. m. a 1:00 p. m. los sábados. En el caso de los taxis, la medida aplica de 7:00 a. m. a 9:00 p. m.

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Este es el Pico y Placa para el tercer trimestre de 2025

De acuerdo con lo dispuesto por la Resolución 790 de 2024, se mantienen los horarios y los días de restricción por número de placa. Para el tercer trimestre de 2025 quedan así:

  • Lunes: placas terminadas en 5 y 6
  • Martes: placas terminadas en 7 y 8
  • Miércoles: placas terminadas en 9 y 0
  • Jueves: placas terminadas en 1 y 2
  • Viernes: placas terminadas en 3 y 4.

Así las cosas, el Pico y Placa en Bucaramanga para este martes 1 de julio aplica a los vehículos cuyas placas terminan en 9 y 0, en el horario habitual de 6:00 a. m. a 8:00 p. m.

¿Que vehículos están exentos de la medida?

Existen algunas excepciones que permiten la libre circulación de vehículos en Bucaramanga sin necesidad de autorización especial. Aquellos que no están sujetos a la restricción incluyen:

  • Vehículos destinados a servicios funerarios.
  • Automóviles pertenecientes a miembros del gabinete municipal y departamental.
  • Vehículos eléctricos debidamente matriculados.
  • Transporte público de pasajeros.
  • Vehículos oficiales, de emergencias y operativos, tales como los de caravanas presidenciales, bomberos, Cruz Roja, Defensa Civil y recolección de residuos.
  • Automotores de la Fuerza Pública.
  • Vehículos de empresas prestadoras de servicios públicos y mantenimiento de redes.
  • Vehículos utilizados por medios de comunicación.

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Si un ciudadano no cumple con la restricción, recibirá una multa de 15 salarios mínimos, es decir, más de 700.000 pesos. Además, su vehículo será inmovilizado, tal como lo establece el Código Nacional de Tránsito.


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