¿Alejandro Eder irá a la cárcel? Esto responde la Alcaldía de Cali sobre la sanción por desacato

La sanción contra el alcalde de Cali, Alejndro Eder, contempla cinco días de arresto y una multa de cinco salarios mínimos.
Alcalde de Cali, Alejandro Eder.
Alcalde de Cali, Alejandro Eder. Crédito: Alcaldía de Cali

La Alcaldía de Cali aclaró que la sanción de cinco días de arresto y una multa de cinco salarios mínimos impuesta en primera instancia contra el alcalde Alejandro Eder por un proceso de desacato no está en firme ni tiene aplicación inmediata, debido a que la decisión debe ser revisada por un juez de superior jerarquía.

El caso está relacionado con una tutela que ordenaba responder de fondo una solicitud de información sobre cuatro convenios suscritos entre el Distrito y la Fundación para el Desarrollo Integral del Pacífico, Propacífico.

Alcaldía explica por qué la sanción no está en firme

La directora del Departamento Administrativo de Gestión Jurídica Pública de la Alcaldía de Cali, Ana Catalina Castro, explicó que el proceso continúa en una etapa de revisión judicial y que, por ahora, no se puede ejecutar la sanción contra el mandatario.

"Lo primero que hay que saber es que no se encuentra en firme esa sanción por ahora, porque tenemos en este momento surtiendo un trámite de ley en donde el juez municipal ordenó una sanción en contra del alcalde y se está surtiendo ante el superior jerárquico, que es un juez del circuito, un trámite de verificación y validación de toda la información que en su momento se le entregó al juez", dijo.

La precisión de la funcionaria coincide con lo establecido en la decisión judicial: el Juzgado Décimo Civil Municipal de Ejecución de Sentencias de Cali ordenó cinco días de arresto y una multa equivalente a cinco salarios mínimos legales mensuales vigentes, pero dispuso que la decisión fuera remitida en grado de consulta a los Juzgados Civiles del Circuito de Cali. Por esa razón, la medida permanece suspendida mientras se surte esta revisión.

En ese sentido, Castro explicó que el proceso tiene como origen una solicitud presentada por un ciudadano relacionada con información contractual de la Alcaldía. Según la funcionaria, la administración sostiene que los documentos solicitados se encuentran disponibles en el Sistema Electrónico para la Contratación Pública, SECOP.

"Ahora, ¿de qué se trata este asunto? Es una petición que hizo un peticionario, un ciudadano interesado, frente a unos convenios y a una información en ejecución contractual. Que toda esa información, —esto es importante decirlo—, se encuentra debidamente cargada en la plataforma pública de contratación estatal, que es el SECOP", agregó.

¿De dónde surge el proceso contra Alejandro Eder?

La controversia se originó en un derecho de petición presentado en abril de 2026 por el abogado y veedor ciudadano Élmer Montaña. El solicitante pidió información, soportes y documentos relacionados con cuatro convenios suscritos entre la Alcaldía de Cali y Propacífico, cuyo valor conjunto supera los $6.400 millones, de acuerdo con la información conocida sobre el proceso.

Ante lo que consideró una respuesta insuficiente, el ciudadano acudió a la acción de tutela. El 13 de agosto de 2026, un juez ordenó a la Administración Distrital responder de fondo la solicitud. Posteriormente, el Juzgado Décimo Civil Municipal de Ejecución de Sentencias abrió un incidente de desacato y, el 17 de septiembre, determinó sancionar al alcalde en primera instancia.

Según la decisión judicial, aunque la Alcaldía presentó documentación durante el trámite, el despacho consideró que la respuesta no había atendido de manera clara, puntual y precisa los requerimientos del ciudadano. También señaló que no encontró constancia de que la respuesta hubiera sido enviada al correo electrónico indicado por el peticionario.

La Alcaldía, sin embargo, sostiene una interpretación diferente sobre el cumplimiento de la orden. Castro aseguró que la administración sí respondió y que, además, indicó al peticionario dónde podía consultar los documentos requeridos.

"Esa información se le suministró al peticionario en su oportunidad y por eso en primera instancia nos habíamos ganado la tutela, pero aún así quedaron algunas cosas que no satisfizo al peticionario. Entonces, el peticionario vuelve e insiste y dice: "envíenme estos informes, estas actas, una información". Nosotros volvimos a decirle: "toda la información está cargada en el SECOP, fíjese en el link que le enviamos", y le mostramos con pantallazos dónde estaba ubicada la información requerida por el peticionario, resaltó.

La funcionaria agregó que el Distrito ya presentó ante el juez que revisará la sanción los argumentos y documentos con los que busca demostrar que la información solicitada sí fue suministrada.

"¿En qué estamos en este momento? Le solicitamos al juez que tiene en grado de consulta la sanción de arresto y la sanción pecuniaria en contra del alcalde, le reiteramos: "miren, nosotros ya contestamos, aquí está la información, todo reposa en la plataforma contractual y ahí es donde debe estar toda esta información. No en los anaqueles, no en archivos de la alcaldía, todo es público y cualquier persona, cualquier ciudadano, puede tener acceso a esa información"", precisó.

Alcaldía rechaza señalamientos de ocultamiento de información

En medio de la controversia judicial, la directora de Gestión Jurídica Pública rechazó que exista una intención de ocultar información relacionada con los convenios objeto de la solicitud.

"Queremos rechazar desde el Departamento Administrativo de Gestión Jurídica Pública cualquier insinuación u ocultamiento de información. Repito: la información contractual se encuentra albergada en una plataforma pública de contratación que es el SECOP. Nosotros no tenemos cómo ocultar la información que está solicitando el peticionario", concluyó.

Por ahora, el expediente queda en manos de los Juzgados Civiles del Circuito de Cali, que deberán revisar la decisión adoptada en primera instancia. Esta instancia deberá determinar si confirma, modifica o revoca la sanción. Mientras se surte ese trámite, el arresto y la multa impuestos contra Alejandro Eder no tienen efectos jurídicos definitivos.

El caso, por tanto, no significa que el alcalde de Cali deba cumplir de inmediato los cinco días de arresto. Lo que existe actualmente es una decisión judicial de primera instancia que está sometida a revisión, mientras la Alcaldía insiste en que cumplió con la entrega de la información solicitada y que los documentos contractuales pueden ser consultados públicamente en el SECOP.

Claves del tema en cuatro preguntas:

¿Por qué sancionaron al alcalde de Cali Alejandro Eder?

El Juzgado Décimo Civil Municipal de Ejecución de Sentencias de Cali impuso en primera instancia cinco días de arresto y una multa de cinco salarios mínimos al alcalde Alejandro Eder, al considerar que hubo desacato de una orden de tutela relacionada con la respuesta a una solicitud de información sobre cuatro convenios con Propacífico. La Alcaldía sostiene que la información sí fue entregada y que se encuentra disponible en el SECOP.

¿Alejandro Eder irá a la cárcel por esta sanción?

No de manera inmediata. La sanción fue remitida en grado de consulta a los Juzgados Civiles del Circuito de Cali, por lo que debe ser revisada antes de que pueda producir efectos definitivos. La Alcaldía de Cali ha precisado que, mientras esta instancia no resuelva el caso, la sanción permanece suspendida.

¿Qué información originó el proceso de desacato?

El proceso surgió por una solicitud de información presentada en abril de 2026 sobre cuatro convenios suscritos entre la Alcaldía de Cali y Propacífico. El peticionario solicitó documentos, soportes y datos relacionados con su ejecución contractual. Según la Alcaldía, esa información está publicada en el SECOP y fue puesta a disposición del solicitante durante el trámite.

¿Qué sigue ahora en el caso de Alejandro Eder?

El expediente será revisado por un juez civil del circuito de Cali, quien deberá analizar la decisión adoptada en primera instancia y determinar si la sanción se confirma, se modifica o se revoca. Hasta que exista una decisión en esta etapa, los cinco días de arresto y la multa de cinco salarios mínimos no tienen aplicación definitiva.


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