Breadcrumb node

Semana crucial para el plebiscito por la paz en el Congreso

Las plenarias del Senado y la Cámara estudiarán en último debate la iniciativa que reglamenta el mecanismo de participación y que tiene mensaje de urgencia del Gobierno.

Publicado:
Actualizado:
Martes, Diciembre 1, 2015 - 05:58

En esta semana las plenarias del Senado y de la Cámara de Representantes estudiarán en último debate el denominado plebiscito por la paz, el mecanismo por el que se la jugó el Gobierno para refrendar los acuerdos de paz a los que se lleguen en La Habana, Cuba.


 


El texto, que tiene mensaje de urgencia, establece en 4.396.000 votos el mínimo de participación necesaria para que sea válido.


 


El senador del Partido de La U, Armando Benedetti, aseguró que las Farc pueden estar tranquilas porque el plebiscito si les podrá ofrecer seguridad jurídica.


 


Hoy martes se empieza la discusión del plebiscito en la plenaria del Senado y la Cámara y ahí lo que se quiere dejar pactado es que los que vayan a participar por el sí o no el no tengan igualdad”.


 


El legislador aseguró que aunque no es obligatoria la refrendación, el presidente Juan Manuel Santos quiere cumplir con su compromiso político.


 


“La ciudadanía tiene que entender que vamos a votar por paz o guerra y que ese plebiscito le da vida a todo lo que se haya pactado en La Habana.


 


Mientras hace trámite en el Congreso esta iniciativa, las Farc insisten en que para refrendar los acuerdos de paz es necesaria una Asamblea Nacional Constituyente.


 


Estos son los artículos que fueron aprobados en el pasado debate:


 


Artículo 1


El Presidente, con la firma de todos los ministros, podrá someter a consideración de los colombianos el Acuerdo Final Para la terminación del Conflicto, mediante un plebiscito.


 


Artículo 2


Reglas especiales para este plebiscito:


1. El Presidente informa al Congreso de su intención de convocar a plebiscito y la fecha de la votación. (No puede ser superior a 4 meses desde que informe al Congreso)


2. El congreso debe pronunciarse dentro del mes siguiente. Si lo niega, debe ser por mayoría simple de cada Cámara.


3. El umbral de mayorías para el Sí o el No será del 13%.


 


Artículo 3


El resultado del plebiscito es vinculante.


 


Artículo 4


Lo que no esté previsto en la ley de plebiscito por la paz, se aplicará lo dispuesto en la ley de participación ciudadana (1757 de 2015). Es decir las reglas de juego para las campañas por el SI y el NO


 


Artículo 5


La propuesta de la senadora Viviane Morales para que el gobierno haga una adecuada campaña de difusión de los acuerdos finales con las Farc en todos los medios de comunicación públicos y privados del país. Radio y Televisión cederían cinco minutos diarios en horario triple A para este efecto.

Fuente:
Sistema Integrado Digital