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Declaración y pago de renta ante la Dian: tenga en cuenta las fechas

Los contribuyentes podrán realizar el procedimiento de manera virtual si cuentan con la firma electrónica.

Actualizado:
Martes, Agosto 11, 2020 - 14:42
Pagando impuestos. Imagen de referencia.
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A partir de la fecha, los colombianos deberán empezar a declarar y, si es el caso, pagar el impuesto de renta. Las personas cuya identificación tributaria culmine en 99 y 00, serán las primeras en cumplir con esta obligación. Los vencimientos culminan el próximo 21 de octubre con los números 01 y 02, según explicó la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian). 

Este impuesto está a cargo de las personas que obtuvieron ingresos brutos iguales o superiores a los 47 millones 978 mil pesos durante el año anterior, es decir 3,9 millones de pesos mensuales. 

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De la misma forma ocurre para quienes tienen un patrimonio superior a 154 millones de pesos, si los consumos con tarjeta de crédito, consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financiera superaron los 47 millones de pesos y si es responsable del Impuesto sobre las Ventas (IVA) al cierre del año gravable 2019.

Es importante destacar que la ley de financiamiento generó algunos cambios para la declaración de renta que deberá realizarse en 2020, generando así diferenciales respecto a años anteriores.

Por primera vez se reflejarán las tarifas de impuesto a tasas del 35%, 37% y 39% para personas con ingresos superiores; previamente la tarifa máxima era del 33%, así las cosas, entre más alto sea el ingreso, más alta será la tarifa. 

Además, la totalidad de los rendimientos financieros, que son los ingresos que recibe una persona cuando se tiene una cuenta de ahorros, un CDT o cualquier inversión, podría estar sometida a impuesto de renta dependiendo de su estructura de ingresos. 

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“Sin embargo, para el 2020 se revive el beneficio que existió hasta 2018, afectando en particular los rendimientos a declarar por 2019”, explicó Ángela María González, Associate Partner para el área de Impuestos de EY Colombia.

Igualmente, hasta el año 2018 existió la posibilidad de realizar aportes voluntarios ilimitados a los fondos de pensiones obligatorias, trayendo como beneficio la disminución del impuestos, pues a partir de 2019 se impuso un límite del 25% del ingreso de la persona y tan solo ese porcentaje tendrá beneficio tributario.

Finalmente, los trabajadores deberán reportar en una misma cédula sus ingresos laborales, de capital y no laborales, “más allá de un tema de forma, esto puede generar un impacto para algunas tipos y montos de ingreso que, hasta ahora, no se afectaban con el impuesto”, puntualizó la experta. 

Fuente:
Sistema Integrado de Información