Breadcrumb node

Corte avala decreto que permite que alcaldías asuman costo de servicios

La votación fue unánime a favor de la medida.

Publicado:
Actualizado:
Jueves, Julio 23, 2020 - 19:49
Factura de servicios públicos
Archivo

Con una votación unánime, la Corte Constitucional aprobó el decreto 580, que establece alivios o medidas en materia de servicios públicos de acueducto, alcantarillado y aseo, en el marco del Estado de Emergencia por la pandemia del coronavirus.

Así las cosas, la Corte declaró ajustado a la ley que hasta el 31 de diciembre se otorguen subsidios a los usuarios de los servicios de acueducto, alcantarillado y aseo, siempre y cuando los municipios y distritos “cuenten con recursos para dicho propósito”.

Le puede interesar: Petro desconocía donación de 95 mil pesos de una profesora a su campaña presidencial

El decreto establece que el estrato uno recibirá un subsidio máximo del 80% del costo del suministro del servicio, el estrato 2 recibirá el 50% de ese costo, mientras que el 40% será para el estrato 3.

El decreto también señala que hasta el 31 de diciembre “las entidades territoriales podrán asumir total o parcialmente el costo de los servicios públicos de acueducto, alcantarillado y aseo de los usuarios, teniendo en cuenta la disponibilidad de recursos con que cuenten para el efecto”

Lea también: Corte Constitucional no admitió demanda contra el sistema tributario del país

"En aquellos casos en que las entidades territoriales decidan asumir total o parcialmente el costo de los servicios públicos de acueducto, alcantarillado y aseo, dichas entidades deberán girar a las personas prestadoras la parte correspondiente de la tarifa que haya sido asumida por el ente territorial respectivo, por cada uno de los suscriptores y/o usuarios beneficiarios de la medida, y suscribirán los actos y/o contratos que se requieran a tal efecto", dice el decreto. 

Esta norma también trae beneficios para los Zoológicos, Tenedores de Fauna, Aviario, Acuarios y Jardines Botánicos que podrán diferir el pago de los servicios públicos a un plazo de 36 meses, eso sí, las Corporaciones Autónomas Regionales y de Desarrollo Sostenible deberán verificar la necesidad del cobro diferido.

Fuente:
Sistema Integrado de Información