Breadcrumb node

Excarcelación de exguerrilleros mayores de 60 años le compete al Gobierno: JEP

También la justicia transicional le negó la libertad provisional a 117 exguerrilleros.

Publicado:
Actualizado:
Viernes, Marzo 27, 2020 - 22:17
Cárcel - Hacinamiento - Inpec
Colprensa

La Sala de Amnistía e Indulto de la Jurisdicción Especial para La Paz (JEP) señaló que no tiene competencia para decretar la excarcelación masiva solicitada para exguerrilleros de las antiguas Farc presos y que tienen más de 60 años de edad.

Así respondió la JEP a la solicitud elevada por los delegados de esa antigua guerrilla, en cabeza de Rodrigo Granda, Jairo Estrada Álvarez y Ronald Rojas Ramos.

No obstante, la Sala de Amnistía e Indulto expresó “su profunda preocupación, en especial por aquellos adultos mayores de 60 años y / o personas en grave estado de salud, que se encuentran privadas de la libertad. Este grupo se halla en una situación de riesgo adicional debido a la pandemia del Covid-19”.

Lea también: Procuraduría pide alianza para superar crisis por daño de unas de las máquinas del INS

La JEP recordó que el Gobierno Nacional indicó que en el decreto ley que se prevé expedir se hace una previsión frente a las personas privadas de la libertad, mayores de 60 años, “siempre y cuando él o los delitos por los cuales fueron privados de la libertad no se encuentren en el listado de exclusiones previstas en la normatividad”.

Sin embargo, la JEP indicó que queda atenta desde su competencia para las acciones que pueda emprender, en relación con la implementación de otras medidas similares que llegue a adoptar el Gobierno.

La Sala de Amnistía e Indulto respondió que tampoco es competente  para reactivar el Pabellón Especial para La Paz de Mesetas (Meta).

Más información: Venezuela confirma primera muerte por coronavirus y suma 107 contagiados

De igual forma, la JEP indicó que, de 192 personas incluidas en un listado hecho por las Farc, a 117 de ellas se les negó el beneficio provisional de libertad, al no cumplir con los requisitos contemplados en la ley.

“Aprovechar esta comunicación para indicar que es muy importante que las solicitudes de ex integrantes de las Farc cuenten con un mínimo de información que le permita a la sala solicitar los expedientes relacionados con las conductas por las cuales se solicita el beneficio”, apuntó la JEP.

 

Fuente:
Sistema Integrado de Información