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Kokoriko, sancionada por publicidad engañosa

La información sobre la cantidad del producto ofrecido en “La Picada Mundialista” era engañosa y tendrá que pagar más de 277 millones de pesos.

Actualizado:
Jueves, Marzo 10, 2016 - 09:15

La Delegatura para la Protección del Consumidor de la Superintendencia de Industria y Comercio confirmó, en segunda instancia, las multas impuestas por publicidad engañosa e información no veraz e insuficiente en la promoción conocida como “La Picada Mundialista”, alas empresas Avesco S.A.S. y Kokomonroper operadora de franquicia Kokoriko S.A.S., propietariasde los restaurantes Kokorico, por un valor global de $277 millones 70.500 pesos.


 


El caso concreto 


 


La Superintendencia de Industria y Comercio realizó visitas de inspección a restaurantesKokoriko de propiedad de AvescoyKokomonroper, así como a la página webwww.Kokoriko.com.co. En dichas averiguaciones preliminares, se pudo establecer que Kokoriko estaba publicitando una promoción denominada “La Picada Mundialista”. 


 


Según lo informado en las diferentes piezas publicitarias de la mencionada promoción, el ofrecimiento consistió en: 


 


1. Una picada para 4 personas, por valor de $39.900, que contenía, entre otros productos, ocho (8) alas y cuatro (4) mazorcas. 


 


2. La entrega de 2 cervezas Colón Rubia gratis. 


 


3. La entrega de 1 boleta por cada compra de la Picada Mundialista, para participar en el sorteo de 20 televisores de 50 pulgadas.


 


Con ocasión del análisis de las pruebas recaudadas en dichas visitas administrativas, se inició de oficio una investigación administrativa contraAvescoyKokomonroper, empresas propietarias de los restaurantes Kokoriko, por la presunta infracción de los artículos 23, 29, 30 y 33 de la Ley 1480 de 2011 (Estatuto del Consumidor) por hechos relacionados con la presunta información no veraz y publicidad engañosa respecto de los incentivos de la  promoción conocida como “La Picada Mundialista”, así como por posible información insuficiente sobre los términos y condiciones que aplicaban a la misma. 


 


Analizado el material probatorio, tanto en primera como en segunda instancia, la Superindustria encontró que, aun cuando la promoción anunciaba que ofrecía una cantidad de ocho (8) alas, lo cierto era que al consumidor se le entregaba un total de cuatro (4) alas divididas cada una en dos partes o piezas (sin especificar que se trataba de piezas o partes de ala), o dicho de otra forma, lo efectivamente servido eran ocho (8) piezas de ala de pollo y no ocho (8) alas completas. 


 


Adicionalmente, se evidenció que, pese a ofrecer expresamente la cantidad de cuatro (4) mazorcas, lo que realmente se incluía en la picada, era la mitad (1/2) de una mazorca dividida a su vez en cuatro (4) partes, o en el mejor de los casos, una (1) mazorca dividida en cuatro (4) partes, acorde con lo indicado en un comunicado interno de las empresas investigadas, pero, en ninguno de los dos casos, lo correspondiente a cuatro (4) mazorcas.   


 


Así las cosas, la Superintendencia determinóque la información sobre la cantidad del producto ofrecido en la promoción conocida como “La Picada Mundialista”no era veraz ni verificable y que, siendo así, la publicidad a través de la cual se promocionó “La Picada Mundialista” resultaba engañosa, toda vez que su mensaje no corresponde a la realidad e induce a los consumidores en engaño y confusión, al defraudar sus expectativas con relación a la cantidad de alas de pollo y de mazorca ofrecidas, lo cual vulnera los artículos 23, 29 y 30 de la Ley 1480 de 2011 (Estatuto del Consumidor). 


 


La sanción


 


La Superintendencia de Industria y Comercio confirmó en segunda instancia, la multa impuesta aAvesco S.A.S. y Kokomonroper operadora de franquicia Kokoriko S.A.S. por un valor global de $277.070.500.oo,así:


 


a) Avesco S.A.S. multa por valor de $257.740.000.oo equivalentes


 


b) Kokomonroper operadora de franquicia Kokoriko S.A.S., por valor de $19.330.500.oo


 


Contra la decisión de la Superintendencia de Industria y Comercio no procede ningún recurso.

Fuente:
Sistema Integrado Digital