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¿Conoce los beneficios de votar y guardar el certificado electoral?

Aunque muchos creen que el certificado electoral no sirve para nada, hay varios beneficios que pueden ser aprovechados por quienes hagan uso del derecho al voto.

Actualizado:
Domingo, Octubre 25, 2015 - 08:19

Muchos colombianos creen que el certificado electoral no sirve o cuando se lo entregan en las mesas después de votar lo tiran a la basura.


 


Por eso, para quienes van a votar por primera vez o para quienes ya lo han hecho, es importante conocer los beneficios que tiene ese ‘papelito’ que pareciera obsoleto.


 


Según la Registraduría Nacional el certificado electoral es un instrumento público que contiene la declaración del Presidente de la mesa de votación, donde expresa que el ciudadano cumplió con el deber de votar en las elecciones.


 


Esto quiere decir que usted debe exigir ese certificado y que será entregado cuando deposite su voto en la urna.


 


Por ejemplo, ese ‘papelito’ que muchos llaman les servirá para: medio día de descanso remunerado, descuentos en matrículas de universidades públicas, en el trámite del pasaporte y la libreta militar, y en el tiempo de prestación del servicio militar obligatorio.


 


Los beneficios son otorgados por la ley, así que usted puede exigir el cumplimiento de los mismos.


 


En su página web, la Registraduría Nacional también explica otros beneficios del certificado electoral, tales como:


 


"1. Prelación en el caso de obtener un empate en los resultados de los exámenes de ingreso a las instituciones públicas o privadas de educación superior.


 


2. Rebaja de un mes en el tiempo de prestación del servicio militar obligatorio si son soldados bachilleres o auxiliares bachilleres y dos meses si son soldados campesinos o soldados regulares.


 


3. Beneficios en la adjudicación de becas educativas, de predios rurales y subsidios de vivienda ofrecidos por el Estado en casos de igualdad de condiciones estrictamente establecidas en un concurso abierto. Un tratamiento similar tendrán en caso de igualdad de puntaje en una lista de elegibles cuando se trate de un empleo de carrera con el Estado.


 


4. Los estudiantes de una institución oficial de educación superior tendrán derecho a un descuento del 10% en el costo de la matrícula, según el artículo 1, de la Ley 815 de 2003, con la cual se agregan nuevos estímulos al sufragante.


 


5. Rebaja del 10% en el valor de la expedición del pasaporte que solicite durante los 4 años siguientes a la votación, por una sola vez.


 


6. Descuento del 10% del valor a cancelar por concepto de trámite de expedición inicial y renovación del pasado judicial, en el trámite inicial y expedición de duplicados de la Libreta Militar; por duplicados de la cédula de ciudadanía, del segundo duplicado en adelante y a media jornada de descanso compensatorio remunerado por el tiempo que utilice para sufragar."

Fuente:
Sistema Integrado Digital