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Corte llama la atención a MinSalud por no exonerar a estudiantes de práctica profesional

La Corte Constitucional dio un mes de plazo al Ministerio de Salud para que corrija los vacíos normativos en relación con la exoneración del servicio profesional.

Publicado:
Actualizado:
Lunes, Julio 11, 2016 - 09:11

A través de una acción de tutela, una joven estudiante de medicina reclamó sus derechos ante la Secretaría de Salud de Cauca, para que fueran amparados sus derechos a la salud y al trabajo que se vieron vulnerados al haberle negado la petición de exonerarla de presentar su servicio de trabajo social obligatorio para obtener su tarjeta profesional.


 


La joven, quien fue asignada para adelantar su práctica profesional en Cauca, recibió durante un fin de semana una llamada del centro hospitalario de la región para atender una emergencia en horas de la madrugada. Al salir de su casa, la estudiante fue fue abordada por dos hombres quienes la ingresaron a un vehículo e intentaron violarla. No obstante, por la ayuda de un policía y un celador que se percataron del hecho, el hombre del vehículo la arrojó del carro y huyó.


 


La mujer empezó a presentar patologías psiquiátricas postraumáticas y después del hecho presentó tutela, y basándose en la resolución 2358 de 2014 del Ministerio de Salud, la cual señala las causales para que los médicos sean exonerados del servicio social obligatorio, pidió que la exhoneraran de los cuatro meses que le restaban para cumplir con su práctica profesional. Sin embargo, su solicitud fue negada por parte de la Secretaría de Salud de Cauca.


 


Por lo anterior, la Corte Constitucional, a través de ponencia del magistrado Luis Ernesto Vargas, determinó revocar la decisión de la Secretaría de Salud y que está declarara que la joven sí fue objeto de daño físico y mental. Además, ordenó que se le conceda integralmente el amparo de los derechos fundamentales a la salud y  a la integridad física.


 


El alto tribunal también le dio un mes de plazo al Ministerio de Salud para que corrija los vacíos normativos en relación con la exoneración del servicio social obligatorio, presentados en este caso particular. 

Fuente:
Sistema Integrado Digital