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¿Cómo es el trámite para ponerle el apellido a un hijastro?

Esto se puede dar como un derecho constitucional en los menores.

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Actualizado:
Miércoles, Octubre 5, 2022 - 16:50
Relación padre e hijo
Pixabay - Myriams-Fotos

El reconocer un niño o niña como hijo propio es completamente posible, más si se tiene en cuenta, que la pareja convive de manera sana y civil, lo que permite que su trámite sea más ágil.  

 

Y es que Colombia, es uno de los países con más alto nivel de abandono por parte de los padres en sus hijos, por ende, hay muchas mujeres que tienen que hacer el papel de padre y madre al tiempo, y en muchas ocasiones son los pequeños los que crecen sin su figura paterna en el hogar.  

Entre tanto, hay mujeres, que, pese a estas dificultades, logran conseguir una muy buena pareja, que logran ganarse el cariño de los menores y los cría como si fueran propios. Por eso, los hijastros ya pueden ser registrados por una persona que lo quiera reconocer como padre o madre.  

Padre e hijo
Padre e hijo
Foto referencia de Ingimage

¿Cuál es el trámite para darle el apellido a un hijo que no es de sangre? 

Todo niño, niña y adolescente, debe tener en cuenta que tiene el derecho a la identidad, el cual se liga con el reconocimiento a la paternidad, como también el derecho a tener una familia, según lo consigna la Constitución Política.  

Por ende, es importante que se tenga presente el acto de reconocimiento de un hijo extramatrimonial por Escritura Pública, que es el proceso que se realiza junto con la madre del menor para poder hacer el reconocimiento de la madre o padre de un hijo que no es propio. 

 

Viajar con niños
Viajar con niños
Pexels / Gustavo Fring

Por eso, para llevar a cabo este procedimiento, deberá tener en cuenta los siguientes documentos: 

  • Cédula y fotocopia del padre que va ejercer el derecho 

  • Fotocopia de la cédula de la madre 

  • Registro civil de nacimiento del menor (debe ser la copia autenticada que se encuentra en la notaría o Registraduría) 

  • Carta de la progenitora en la que autorice y que la persona va reconocer a su hijo como suyo, 

  • Poder de la madre en la que acepta el reconocimiento del nuevo padre que debe inscribirse en la Escritura Pública en el Registro Civil de nacimiento.  

Fuente:
Sistema Integrado Digital